Boletines/Bolivar
Decreto Nº 599
Bolivar, 18/04/2024
Visto
El expediente N° 4013-312/24 y la necesidad de abonar los gastos de reparación de equipo, y;
Considerando
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades establece para las contrataciones directas, en su artículo 151°, un monto máximo de pesos dos millones trescientos veintiséis mil trescientos setenta y cuatro con 00/100 ($2.326.374,00);
Que es necesario adquirir:
Cantidad |
Unidad |
Detalle |
1 |
SERVICIO |
REPARACION DE EQUIPO – CAMBIAR PARTES DE RESONADOR TIME MEDICAL PICA 0,35 T |
Que en ésta ocasión el monto a abonar por los gastos de REPARACION DE MAQUINARIA es de pesos un veintisiete millones con 00/100 ($ 27.000.000,00);
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 156 inciso 6 establece comoexcepción a lo prescripto en el artículo 151° que: “Con excepción a lo prescripto en el artículo 151° sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos: inc 6.La reparación de motores, máquinas, automotores y aparatos en general.”;
Que el Proveedor resulta ser GEMED S.R.L.- CUIT 30-70793256-9;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º:Autorízase a Contaduría Municipal, a abonar los gastos de reparación de equipo a GEMED S.R.L.- CUIT 30-70793256-9, por la suma de pesos veintisiete millones con 00/100 ($ 27.000.000,00).
Artículo 2º:El gasto que demande el cumplimiento del artículo primero será imputado a: JURISDICCIÓN 1110105000- SecretaríadeSalud– 21 – Programa Plan SUMAR - Fuente de Financiamiento 132, de origen provincial.-
Artículo 3°: Tomen conocimiento Secretaría de Gobierno, Secretaría de Hacienda, Contaduría y Tesorería, a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Salud.-
Artículo 5º: Comuníquese, dése al libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.