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Decreto Nº599

Decreto Nº 599

Bolivar, 18/04/2024

Visto

El expediente N° 4013-312/24 y la necesidad de abonar los gastos de reparación de equipo, y;

Considerando

Que la Ley Orgánica de las Municipalidades establece para las contrataciones directas, en su artículo 151°, un monto máximo de pesos dos millones trescientos veintiséis mil trescientos setenta y cuatro con 00/100 ($2.326.374,00);

Que es necesario adquirir:

Cantidad

Unidad

Detalle

1

SERVICIO

REPARACION DE EQUIPO – CAMBIAR PARTES DE RESONADOR TIME MEDICAL PICA 0,35 T

 

Que en ésta ocasión el monto a abonar por los gastos de REPARACION DE MAQUINARIA es de pesos un veintisiete millones con 00/100 ($ 27.000.000,00);

Que la Ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 156 inciso 6 establece comoexcepción a lo prescripto en el artículo 151° que: “Con excepción a lo prescripto en el artículo 151° sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos: inc 6.La reparación de motores, máquinas, automotores y aparatos en general.”;

Que el Proveedor resulta ser GEMED S.R.L.- CUIT 30-70793256-9;

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1º:Autorízase a Contaduría Municipal, a abonar los gastos de reparación de equipo a GEMED S.R.L.- CUIT 30-70793256-9, por la suma de pesos veintisiete millones con 00/100 ($ 27.000.000,00).

Artículo 2º:El gasto que demande el cumplimiento del artículo primero será imputado a: JURISDICCIÓN 1110105000- SecretaríadeSalud– 21 – Programa Plan SUMAR - Fuente de Financiamiento 132, de origen provincial.-

Artículo 3°: Tomen conocimiento Secretaría de Gobierno, Secretaría de Hacienda, Contaduría y Tesorería, a efectos de su fiel cumplimiento.

Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Salud.-

Artículo 5º: Comuníquese, dése al libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.