Boletines/Bolivar
Decreto Nº 586
Bolivar, 17/04/2024
Visto
La nota elevada por la Directora de Recursos Humanos, y;La nota elevada por la Directora de Recursos Humanos, y;
Considerando
Que en la misma, solicita se establezca la ampliación del régimen horario del agente Travela Jorge Luis, Legajo 1860, quien actualmente cumple con un régimen de 44 hs semanales, y pasara a desempeñarse con un régimen de 48 hs semanales de labor;
Que la designación en el sector permanecerá mientras esté vigente la necesidad que ahora se satisface, sin perjuicio de la cual se evaluarán las capacidades del agente para el caso que fuere menester asignar nuevas tareas y funciones durante el plazo de nombramiento;
Que es potestad del Departamento Ejecutivo, en la órbita de sus facultades propias y privativas, la designación de que se trata, según lo determina el artículo 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Ampliase a partir del 1° de Abril de 2024, el régimen horario del agente TRAVELA JORGE LUIS, DNI 18.335.831, Clase 1967, Legajo 1860, a 48 hs semanales de labor.
Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a Jurisdicción: 1110112000 – Programa: 16.01.00 – Planta de Reciclado.
Artículo 3º: Notifíquese con copia del presente Decreto al agente Travela Jorge Luis en los términos de la Ordenanza General 267/80.
Artículo 4º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno, según lo determinado por el Decreto 2485-23.
Artículo 6º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.