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Decreto Nº581

Decreto Nº 581

Bolivar, 17/04/2024

Visto

El Expediente N° 4013-267/24 por el que la Asociación Cooperadora de la Escuela de Educación Especial N° 501, solicita autorización en los términos de la Ordenanza 1044/94 y modificatorias, y;

Considerando

Que a fs. 1 obra presentación realizada por las autoridades de la Asociación Cooperadora, solicitando permiso para poner en circulación una rifa;

Que habiendo tomado intervención la Secretaría Legal y Técnica, aconseja la autorización de la misma por medio del Dictamen Jurídico, atento haber dado cumplimiento a las exigencias establecidas por el Decreto Ley N° 9403/79 y la Ordenanza N° 1044/94;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1º: Autorizase a la Asociación Cooperadora de la Escuela de Educación Especial N° 501, a poner en circulación una rifa, que consta de dos mil (2000) boletas con cinco números cada una, con un valor de Pesos Tres mil con 00/100 ($3.000,00) cada uno, monto que podrá ser abonado bajo modalidad de contado. 

Artículo  2°: El premio a sortear consiste en:

Sorteo Final: El sorteo final se realizará el 18 de Octubre de 2024 a las 13 hs. en la sede de la Institución, sita en Avda. Gral. Paz N° 655 de Bolívar, ante Escribano Público, y consiste en:

Primer Premio: Un moto vehículo 0km. Marca Mondial Max RT 110 cc.

Artículo 3°: Hágase saber que la venta y cobro de la rifa estará a cargo de los docentes y miembros de la institución.

Artículo 4°: La entidad autorizada deberá acreditar como requisito previo al sorteo, haber efectuado el deposito del 5% del monto total autorizado a emitir billetes, a la orden del Consejo Escolar de Bolívar, quedando facultado este último a solicitar la suspensión del sorteo en caso de no cumplirse lo dispuesto por el  Artículo 6 de la Ordenanza N° 1044/94.

Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno.

Artículo 6º: Comuníquese, dése al libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.