Boletines/Bolivar
Decreto Nº 566
Bolivar, 15/04/2024
Visto
La Ordenanza N° 2947/2024, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 10 de abril de 2024, y;
Considerando
Que por la Ordenanza citada en el visto se dispone: “Convalidase el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Bolívar y el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires, a través del cual se brinda a la Municipalidad un financiamiento económico para la ejecución del Programa de “Fortalecimiento Institucional para la Accesibilidad…”;
Que en virtud de lo normado en el inciso 2 del artículo 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde proceder a la promulgación de la Ordenanza;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1°: Promulgase la Ordenanza 2947/2024, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 10 de abril de 2024.
Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno, según lo determinado por el Decreto N° 2485-23.
Artículo 3°: Tomen conocimiento el Honorable Concejo Deliberante y Contaduría.
Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese, dése al Registro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.