Boletines/Bolivar
Decreto Nº 486
Bolivar, 04/04/2024
Visto
El Decreto Municipal N° 2394-23, el Decreto N° 2436-23, el Decreto N° 2437-23, y;
Considerando
Que mediante el Decreto N° 2394-23, se otorgaron los siguientes subsidios: Subsidio a favor de la Sr. Nadal Jose Luis, DNI 22.971.525, solicita un subsidio por la suma de pesos cincuenta mil con 00/100 ($50.000,00), para abonar gastos de alquiler y así solucionar de manera transitoria su situación económica;
Que mediante el Decreto N° 2436-23, se otorgaron los siguientes subsidios: Subsidio a favor del Sr. Moreira Luis Maria, DNI 25.873.550, agravada por los bajos ingresos percibidos, insuficientes para costear las necesidades básicas. Que por tal motivo solicita un subsidio por la suma de pesos cincuenta mil con 00/100 ($50.000,00), para abonar gastos de vivienda y así solucionar de manera transitoria su situación económica;
Que mediante el Decreto N° 2437-23, se otorgaron los siguientes subsidios:Que de la encuesta socio-económica se desprende la difícil situación que atraviesa el Sr. Etcheverry Jonathan Jesus, DNI 34.773.986, agravada por los bajos ingresos percibidos, insuficientes para costear las necesidades básicas. Que por tal motivo solicita un subsidio por la suma de pesos cincuenta mil con 00/100 ($50.000,00), para abonar gastos de vivienda y así solucionar de manera transitoria su situación económica
Que debido a la nota de presentación de la Secretaria de Desarrollo dichas ayudas no fueron necesarias;
Que la presente medida se adopta con arreglo a lo normado en el Art. 107 de la Ley Orgánica Municipal.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Déjese sin efecto el Decreto Municipal N° 2394-23, Decreto Municipal N° 2436-23, Decreto Municipal N° 2437-23, debido a que las ayudas económicas no fueron necesarias.
Artículo 2°: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno, según lo determinado por el Decreto N° 2485-23 y por el Secretario de Desarrollo de la Comunidad.
Artículo 3º: Comuníquese, dése al Registro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.