Boletines/Bolivar
Decreto Nº 480
Bolivar, 04/04/2024
Visto
La nota elevada por el Director de Niñez, Adolescencia y Familia, y;
Considerando
Que en la misma informa que la agente HERNANDEZ MARINA AYELEN desempeñara tareas de coordinación del área de Promo-preventiva de la Dirección antes mencionada, en reemplazo de la agente BERARDO MARIA LAURA, quien fue asignada a una nueva área;
Que es justo el pago de una Bonificación Extra Laboral, a fin de compensar económicamente su labor;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107) de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Abónese, a partir del 1° de Abril y hasta el 30 de Junio de 2024, una Bonificación por Extra laboral a la agente HERNANDEZ MARINA AYELEN, Legajo 2572, D.N.I 37.905.926, Clase 1993, por la suma de Pesos Setenta Mil con 00/100 ($ 70.000,00) mensuales, por las tareas informadas en el considerando del presente decreto.
Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a Jurisdicción: 1110114000– Programa: 23 - 00 - 00 Niñez, Adolescencia y Familia.
Artículo 3º: Notifíquese con copia del presente Decreto a la agente Hernández Marina Ayelen en los términos de la Ordenanza General 267/80.
Artículo 4º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno, según lo determinado por el Decreto 2485-23 y por el Secretario de Desarrollo de la Comunidad.-
Artículo 6º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.