Boletines/Bolivar
Decreto Nº 468
Bolivar, 03/04/2024
Visto
La nota presentada por el Sr. Juan Pablo León, solicitando la devolución de lo abonado por error en concepto de Servicios Retributivos y Servicios Sanitarios, y;
Considerando
Que la mencionada solicitud de devolución es avalada por la Agencia de Recaudación Bolívar, por haber abonado por error las cuotas Nº 05/21, 06/21, 07/21, 08/21, 09/21, 10/21, 11/21, 12/21, 01/22, 03/22, 04/22, 05/22, 06/22, 07/22, 08/22, 09/22, 10/22, 11/22, 12/22, 01/23, 02/23, 03/23, 05/23, 06/23, 07/23, 09/23, 10/23, 11/23 y 12/23 correspondiente a la tasa de Alumb., Conserv. de la Vía Pública y Serv. Sanitarios del Padrón N° 6751/00, identificado catastralmente Circ. I, Sec: A, Man: 31, Par: 7F, SubP: y esa propiedad no le pertenece, según documentación adjunta;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por Art. 107 de la Ley Orgánica Municipal, Art. 135 del Reglamento de Contabilidad de las Municipalidades de la Pcia. de Buenos Aires y Art. 165 del Decreto 2980/00 (RAFAM);
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Contaduría Municipal a librar Orden de Pago a favor del Sr. León Juan Pablo por la suma de Pesos Ochenta y dos mil setecientos ochenta y uno con 65/100 ($82.781,65), en concepto de devolución y de acuerdo a lo expresado anteriormente.
Artículo 2º: El importe de referencia del artículo 1º deberá imputarse a:8.4.6.1 – Devolución de Tributos $82.781,65.
Artículo 3º: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Contaduría, Tesorería, Oficina de Rentas, Cómputos y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.
Artículo 5º: Notifíquese, Comuníquese, dese al libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.