Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 315/2024
Coronel Rosales, 01/07/2024
Visto
Las actuaciones obrantes en el expediente EX-2024-00046901-MUNICRO-DCOM#SE lo dispuesto por el Art. 156 inc. 1 de la LOM, la solicitud elevada por el Secretario de Salud municipal con fecha junio de 2024, Y
Considerando
Que según indica desde la Secretaría de Salud resulta necesaria la contratación de servicio de prestación de anestesiología y analgesia en el HMEP a fin de dar debida cobertura al sistema de Salud del distrito de Coronel Rosales;
Que en la actualidad se cuenta con un único proveedor de este servicio en la zona resultando la misma de tal particularidad que resulta inviable sustituirla convenientemente por otra de similares características siendo que, además, no se cuenta con dicha posibilidad;
Que el proveedor indicado cuenta con equipamiento y personal idóneo para la cobertura del servicio
Que así resulta de aplicación el art. 156 inc. 1 de la Ley Orgánica Municipal y, con ello, avanzar en la presente contratación directa para la cobertura del servicio descripto requerido por la Secretaría de Salud;
Que en virtud de lo previsto por los Arts. 151, 156 inc. 1 de la L.O.M. resulta viable la Contratación de referencia;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades; DECRETA
ARTICULO 1º: Autorizase la Contratación Directa con la firma “Sociedad de Anestesiología, Analgesia y Reanimación Bahía Blanca” para la prestación del servicio de analgesia y anestesiología en el Hospital Municipal Eva Perón, por el transcurso de los meses de julio, agosto y septiembre del año 2024 luego de firmado el contrato de locación de servicios y recepcionada su correspondiente orden de compra; siendo la contratación por la por la suma total de PESOS Cuarenta y dos millones setecientos mil ($42.700.000.-). Ello con sujeción a las condiciones y detalles emergentes de las Solicitudes de Pedido Nº 1970/24 obrantes en estas actuaciones.-
ARTICULO 2º: Facúltase al Departamento de Compras Municipal, a la Tesorería Municipal y a la Contaduría a efectuar las adecuaciones contables necesarias.-
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Salud.-
ARTICULO 4º: Regístrese. Tomen conocimiento la Totalidad de las Secretarías, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Notifíquese a la firma interesada. Gírese a Contaduría General, Departamento de Compras y Tesorería Municipal para su cumplimiento. - Hecho, resérvese. -
DECRETO Nº 315/2024