Boletines/Las Flores

Decreto Nº1560/2024

Decreto Nº 1560/2024

Publicado en versión extractada

Las Flores, 01/08/2024

LAS FLORES, BUENOS AIRES Jueves 1 de Agosto de 2024

Número: DECTO-2024-1560-E-LASFLORES-INT
Referencia: decto aumento Calles
VISTO:
El Expediente 4063-0020/24 Alc. 7, mediante el cual se da origen al contrato de Locación de
Servicio, celebrado el 18 de enero de 2023 entre la Municipalidad de Las Flores y el Sr. DARDO DAMIAN
CALLES
CONSIDERANDO:
El Sr. DARDO DAMIAN CALLESse desempeñara en el Equipo Técnico de Envión, que se ejecuta en las oficinas
del Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos de Niños y Adolescentes, dependiente de la
Secretaria de Desarrollo Humano , teniendo a su cargo la ejecución de las tareas inherentes a su profesión,
realizando acompañamiento, cumpliendo un total de cuarenta (40) horas mensuales.- Tal actividad se realizara bajo
la supervisión de la Municipalidad y respetando la Jerarquía que determine la estructura orgánica en vigencia.-
Que debido a la nueva modificación del convenio firmado entre el Ministerio de la Pcia de Buenos Aires y el
municipio, los miembros del equipo técnico percibirán la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y UN MIL
QUINIENTOS TREINTA Y SEIS ($151.536).-
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LAS FLORES
DECRETA
ART. 1°: Modificase la clausula tercera del contrato de Locación de Servicios Sr. Dardo Damián CALLEScon
DNI.Nº27.857.162, domicilio en Rivadavia Nº 521de esta ciudad, para brindar actividades recreativas desde la
mencionada área, a partir del 2 de enero de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2024 para brindar espacios de
seguimiento desde la mencionada área, que quedara redactada de la siguiente manera:
“Por los servicios prestados La Municipalidad abonará al Sr. Dardo Damián Calles la suma de PESOS CIENTO
CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS ($151.536).-
Dicha suma será abonada en el plazo de siete días contra la presentación de la factura correspondiente ante la
oficina del Servicio de Local de Promoción y Protección de los Derechos de Niños y Adolescentes, dependencia
esta que ejecutara las funciones de controlador y certificación de las tareas desarrolladas hasta la fecha.”
Art. 2º: La modificación establecida en el artículo anterior tendrá vigencia a partir del 01 julio de 2024 hasta el 31
de Diciembre de 2024.
Art.3º: La erogación que demande este gasto deberá imputarse a: jurisdicción 1110105000- Secretaria de
Desarrollo Humano – Programa 26 “Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos de Niños y
Adolescentes” Actividad 04 - Partida: 3.4.9.0: Servicio Técnico y profesional – Fuente de Financiamiento 132 de
Origen Provincial y Recursos 17.5.01.79. “Programa de Responsabilidad Social Compartida Envión” del
Presupuesto de Gastos Vigentes.
Art. 4°.- Cúmplase, comuníquese al interesado, a la Dirección de Personal, a la Secretaria de Desarrollo Humano,
tome nota Contaduría y dese al R.O del Municipio.

 

FIRMA DIGITAL: Abg. Mariángeles Basile (Secretaria de Desarrollo Humano) - Ing. Alberto C. Gelené (Intendente Municipal)