Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 207
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 29/07/2024
Visto la nota presentada por la Agrupación Amigos Rienderos de Villa Bordeu, solicitando autorización para la realización de un evento de pruebas de riendas, el día 11 de agosto de 2024, en el predio que dicha entidad posee en la intersección de calles Carmen Ledesma y Sargento Iturra; considerando lo informado por la Dirección de Defensa Civil y teniendo en cuenta la documentación presentada por la entidad recurrente, el VICE JEFE DE GABINETE Y GOBIERNO, en uso de las facultades que le confiere el Decreto 4995-2023,
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º)– Autorízase al Sr. Mariano Llafar D.N.I. 20.044.309, en representación de la "Agrupación Amigos Rienderos de Villa Bordeu", a efectuar un evento de pruebas de riendas, el día 11 de agosto de 2024,en el horario de 11:00 a 17:00 hs ,en el predio que dicha entidad posee en la intersección de calles Carmen Ledesma y Sargento Iturra.-
ARTÍCULO 2º)- Hágase saber al organizador que la presente autorización de evento transitorio se emite con carácter de excepción, debiendo cumplimentar antes de la realización de la actividad los siguientes requisitos:
- Se recomienda definir zona de sanitarios y al menos uno de los mismos deberá ser para personas con discapacidad.-
- Deberá dar cumplimiento a la Ley Provincial 10.748, artículo 7º, que establece que todo espectáculo de destreza criolla deberá ser atendido, por razones de seguridad sanitaria, por una ambulancia y un profesional médico como mínimo, con el apoyo de un establecimiento asistencial cercano al lugar donde se efectúe el mismo. Como así también deberán tomar los recaudos previstos en el artículo 8º de la mencionada norma, el cual dispone que el profesional médico deberá verificar el estado de salud de los postulantes a jinetes, prohibiéndose la participación de personas en estado de ebriedad, o cualquier otra alteración que pudiera incidir en el normal desarrollo de las destrezas.-
- Que deberá dar cumplimiento a la normativa vigente en cuanto a la venta de alimentos y gestionar la Licencia Provincial para la comercialización de bebidas alcohólicas (REBA), en caso de darse esta situación durante el desarrollo del evento.-
De no cumplimentarse este requerimiento quedará suspendida la presente autorización.
ARTÍCULO 3º) - Asimismo, si bien no se advierte a la fecha la emisión de alertas para la zona de Bahía Blanca, deberá tener en cuenta que, en caso de que el Servicio Meteorológico Nacional produzca una alerta temprana de tormenta severa, en los niveles amarillo, naranja o rojo, deberá proceder a la suspensión del evento.-
ARTÍCULO 4º)- Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento Recaudación Dirección de Defensa Civil, dése al R.O., hecho ARCHÍVESE.-