Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1158
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 29/07/2024
Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación interpuesta por María del Carmen Luján PAILEMAN, con CUIT 27-22505547-0, para desarrollar actividades bajo el rubro de Venta al por menor de sahumerios y perfuminas, en el domicilio de la calle Alvarado Nº 734 de la Localidad de Bahía Blanca, y;
CONSIDERANDO
Que a fs 1 y 2 presenta solicitud de habilitación para el rubro Venta al por menor de prendas y accesorios de vestir;
Que la solicitud de Habilitación por cambio de rubro ha sido interpuesta con fecha 2 de Julio del 2024, conforme constancias obrantes a fs. 15 y 16;
Que de fs. 6 a 9 y de fs. 17 a 21 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que a fs. 22 se acompaña constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenida por el Departamento Recaudación;
Que a fs. 25 toma debida intervención el Departamento Habilitaciones, labrando el correspondiente Acta de Inspección Nº 5336 de fecha 17/07/2024, dejando constancia que el local reúne buenas condiciones de seguridad e higiene;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por Ley Nº 7315/67 y su Decreto Nº1123/93;
Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;
Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º)- Habilítase a María del Carmen Luján PAILEMAN, CUIT 27-22505547-0, contribuyente Nº 077602A, para desarrollar actividades bajo el rubro Venta al por menor de sahumerios y perfuminas, en el domicilio de la calle Alvarado Nº 734 de la Localidad de Bahía Blanca.
ARTICULO 2º)- Expídase Certificado de Habilitación Nº 472/2024 a nombre de María del Carmen Luján PAILEMAN, Contribuyente Nº 077602A de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.
ARTICULO 3º)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación.
ARTICULO 4º)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.
ARTICULO 5º)- Cúmplase, dese al R.O., tomen nota Departamento de Habilitaciones, Departamento Recaudación, Departamento Saneamiento Ambiental, cumplido: Archívese.-