Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 793
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 17/05/2024
Visto las presentes actuaciones, referidas a la eximición en el Impuesto Automotor solicitada por Casartelli Germán Ariel, DNI Nº26.905.246, por tratarse de un automóvil destinado al traslado de una persona con discapacidad, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 4/5 obra copia fiel del Certificado de Discapacidad, emitido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, con vencimiento 20/09/2033 a nombre de Casartelli Lautaro, DNI Nº50.551.140;
Que a fojas 7 obra copia fiel de la Partida de Nacimiento de Casarteli Lautaro, DNI Nº50.551.140, donde consta que es hijo de Casartelli Germán Ariel, DNI Nº26.905.246;
Que a fojas 8 obra copia fiel de Título del Automotor del vehículo identificado con el Dominio MMG 360 registrando como titular a Casartelli Germán Ariel, DNI Nº26.905.246;
Que a fojas 13/14 el Departamento Recaudación informa que analizada la documentación presentada, correspondería se exima del pago del impuesto de los automotores Ley 13.010, al vehículo Dominio MMG 360 a partir de la cuota 01-2024 y hasta el 20/09/2033, fecha en que expira el certificado de discapacidad;
Que el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, Ley 10.397 y sus modificatorias, del año 2024, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo N.º 243 Inciso f) establece que quedan exentos del pago de la presente tasa "… los vehículos destinados al uso exclusivo de personas que padezcan una discapacidad y acrediten su existencia mediante certificaciones extendidas conforme la Ley N.º 10.592 (complementarias y modificatorias), la Ley Nacional N.º 22.431 (complementarias y modificatorias) o la legislación que las reemplace; o demuestren que se encuentren comprendidos en los beneficios establecidos en la Ley N.º 19.279, conforme artículo 1° del Decreto N.º 1.313 (y su reglamentación); que para su integración laboral, educacional, social o de salud y recreativa requieran la utilización de un automotor; conducidos por las mismas, salvo en aquellos casos en los que, por la naturaleza y grado de la discapacidad, o por tratarse de un menor de edad con discapacidad, la autoridad competente autorice el manejo del automotor por un tercero…”;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:
- R E S U E L V E -
ARTÍCULO 1º): Eximir del pago en el Impuesto Automotor - Ley N.º 13.010 - al vehículo identificado con el dominio MMG 360 a partir de la cuota 01-2024 y hasta el 20/09/2033 fecha en que expira el certificado de discapacidad, por encontrarse afectado al uso de una persona con discapacidad, en virtud de lo dispuesto en el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires del año 2024, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo N.º 243 Inciso f) y en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º): Dejar constancia que ante cualquier cambio de titularidad, o modificación en las condiciones que dieron lugar a la eximición otorgada, el propietario o responsable estará obligado a solicitar la baja de la misma; de no ser así se le aplicarán las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 3º): Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento Recaudación – Sector Automotores; hecho, ARCHIVAR.-