Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 298
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 26/02/2024
Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada a fojas 1 por MONTERUBIANESI MARIA JESUS, D.N.I. Nº27.388.301, Contribuyente Nº92.979 mediante la cual solicita se lo exima de la Tasa por Otros Servicios Municipales, por encontrarse encuadrado en la Ley Provincial Nº13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) y sus disposiciones complementarias; y,
CONSIDERANDO:
Que de la documentación aportada por el contribuyente MONTERUBIANESI MARIA JESUS, D.N.I. Nº27.388.301, Contribuyente Nº92.979 y el análisis realizado por el Departamento Recaudación se desprende que, la actividad llevada a cabo por el recurrente se encuentra inscripta como emprendimiento amparado por Ley Nº13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), a la cual adhiere la Municipalidad de Bahía Blanca a través de la Ordenanza Nº12.925;
Que el recurrente se encuentra inscripto en la Tasa por Otros Servicios Municipales, bajo el Contribuyente Nº92.979;
Que a fojas 9 el Departamento Recaudación sugiere se exima a MONTERUBIANESI MARIA JESUS, D.N.I. Nº27.388.301, Contribuyente Nº92.979 del pago de la Tasa por Otros Servicios Municipales desde el 31/07/2023 y hasta el 31/07/2025 e informa que no registraba obligaciones pendientes de pago con este municipio al momento de la presentación del tramite;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:
- RESUELVE -
ARTÍCULO 1º): Eximir a MONTERUBIANESI MARIA JESUS, D.N.I. Nº27.388.301, Contribuyente Nº92.979, en el pago de la Tasa por Otros Servicios Municipales, desde el 31/07/2023 y hasta el 31/07/2025, por el término de dos años, de acuerdo a lo prescripto por la Ordenanza Nº12.925 y los considerandos de la presente resolución.-
ARTÍCULO 2º): Hágase saber a MONTERUBIANESI MARIA JESUS, D.N.I. Nº27.388.301, Contribuyente Nº92.979 que, atento lo prescripto por el Artículo Nº6 de la Ordenanza Nº12.925 “Las Beneficiarias de la presente y por el plazo que a las mismas se le otorguen, quedan obligadas a suministrar los informes que se les requieran referidos a la actividad promovida, facilitar las verificaciones y/o fiscalizaciones de sus instalaciones a solicitud de la autoridad municipal. Todo incumplimiento a las obligaciones emergentes de la presente, hará pasible a la beneficiaria de las siguientes sanciones:
ARTÍCULO 3º): Notifíquese a MONTERUBIANESI MARIA JESUS, D.N.I. N°27.388.301, Contribuyente N°92.979, que, atento a lo prescripto por el Artículo N°4 de la Ordenanza N°12.925, la renovación de la eximición por un (1) año más deberá ser aprobada por el Honorable Concejo Deliberante.-
ARTÍCULO 4º): Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento de Recaudación, hecho ARCHIVAR.-