Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 255
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 20/02/2024
Visto las presentes actuaciones, atento la nota presentada a fojas 1 por REVERON LUIS JOSE, D.N.I. Nº95.252.233, Contribuyente Nº89.083 mediante la cual solicita se lo exima de la Tasa por Otros Servicios Municipales, por encontrarse encuadrado en la Ley Provincial Nº13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) y sus disposiciones complementarias; y,
CONSIDERANDO:
Que de la documentación aportada por el contribuyente REVERON LUIS JOSE, D.N.I. Nº95.252.233, Contribuyente Nº89.083 y el análisis realizado por el Departamento Recaudación se desprende que, la actividad llevada a cabo por el recurrente se encuentra inscripta como emprendimiento amparado por Ley Nº13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), a la cual adhiere la Municipalidad de Bahía Blanca a través de la Ordenanza Nº12.925;
Que el recurrente se encuentra inscripto en la Tasa por Otros Servicios Municipales, bajo el Contribuyente Nº89.083;
Que a fojas 7 el Departamento Recaudación sugiere se exima a REVERON LUIS JOSE, D.N.I. Nº95.252.233, Contribuyente Nº89.083 del pago de la Tasa por Otros Servicios Municipales desde el 05/02/2022 y hasta el 04/02/2024 e informa que no registraba obligaciones pendientes de pago con este municipio al momento de la presentación del tramite;
Que en el Expediente 0-949/2021 se dictó Resolución Nº 1600/2021 de fecha 12 de julio de 2021 mediante la cual se hace lugar a la exención dispuesta por Ordenanza Nº 12925 por el período 04/02/2021 al 04/02/2022, conforme constancias obrantes a fs.8;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:
- RESUELVE -
ARTÍCULO 1º): Eximir a REVERON LUIS JOSE, D.N.I. Nº95.252.233, Contribuyente Nº89.083, en el pago de la Tasa por Otros Servicios Municipales, desde el 05/02/2022 y hasta el 04/02/2023, por el término del segundo año, de acuerdo a lo prescripto por la Ordenanza Nº12.925 y los considerandos de la presente resolución.-
ARTÍCULO 2º): Hágase saber a REVERON LUIS JOSE, D.N.I. Nº95.252.233, Contribuyente Nº89.083 que, atento lo prescripto por el Artículo Nº6 de la Ordenanza Nº12.925 “Las Beneficiarias de la presente y por el plazo que a las mismas se le otorguen, quedan obligadas a suministrar los informes que se les requieran referidos a la actividad promovida, facilitar las verificaciones y/o fiscalizaciones de sus instalaciones a solicitud de la autoridad municipal. Todo incumplimiento a las obligaciones emergentes de la presente, hará pasible a la beneficiaria de las siguientes sanciones:
ARTÍCULO 3º): Notifíquese a REVERON LUIS JOSE, D.N.I. N°95.252.233, Contribuyente N°89.083, que, atento a lo prescripto por el Artículo N°4 de la Ordenanza N°12.925, la renovación de la eximición por un (1) año más deberá ser aprobada por el Honorable Concejo Deliberante.-
ARTÍCULO 4º): Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento de Recaudación, hecho ARCHIVAR.-