Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 288
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 19/07/2024
Visto las presentes actuaciones, por las cuales se solicita la encomendación de funciones como supervisores de turno a agentes del Centro Único de Monitoreo, dependiente de la Subsecretaría de Protección Ciudadana, y considerando lo manifestado a fojas 22 y 23 respecto a la necesidad de las mismas, atento a lo informado por la Subdirección de Capital Humano a fojas 24, y la imputación de Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fojas 24 vuelta, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- RESUELVE -
ARTÍCULO 1º: Encomendar a los agentes que se detallan, dependientes de la Dirección de Monitoreo (oficina Nº 355), la función de supervisor de turno del Centro Único de Monitoreo, por los motivos expuestos en el presente expediente, a partir del día 01 de julio de 2024 y hasta el 30 de septiembre 2024, y mientras los agentes desempeñen efectivamente la función de supervisor de turno del Centro Unico de Monitoreo:
LEGAJO | NOMBRES Y APELLIDO | CATEGORIA |
15718 | ALEXIS ENRIQUE ETCHETO | 05/4C.01 |
15719 | ROMINA MARISOL MILLAO | 05/4C.01 |
15730 | SEBASTIAN MERCANTI | 05/4C.03 |
15738 | NICOLAS CAZZULO | 05/4B.03 |
16374 | GASTON NICOLAS PELAYES | 05/4B.03 |
17329 | NADIA MARICEL SEWALD | 05/4A.03 |
21289 | FERNANDO JOEL CARIMAN | 05/4C.03 |
ARTÍCULO 2º: Abonar a los agentes detallados en el Articulo 1º la diferencia entre su categoría de revista actual y la categoría 05/2A, en virtud de las tareas encomendadas y de acuerdo a lo establecido en el artículo 275 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, manteniendo su jornada horaria semanal, la Bonificación Remunerativa por Función que perciben y la categoría efectiva, a partir del día 01 de julio de 2024 y hasta el 30 de septiembre 2024, y mientras los agentes desempeñen efectivamente la función de supervisor de turno del Centro de Monitoreo.-
ARTÍCULO 3º: Dejase constancia que, si durante el período en el que se encomienda la función mencionada los agentes en cuestión hacen uso de licencia alguna y los sucede en reemplazo, por ese período otro agente, los agentes mencionados precedentemente dejarán de percibir la diferencia de categoría hasta tanto dure su ausencia y se le deberá pagar la diferencia de cargo y bonificación al agente reemplazante.-
ARTÍCULO 4º: El presente gasto deberá imputarse a la Jurisdicción: 1110125000; Fuente: 110; Cat. Programática: 01.01.; Gasto: 1.1.1.5..-
ARTÍCULO 5º: Cúmplase, notifíquense, tomen nota el Departamento Administración del Personal, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General; Centro Único de Monitoreo, dése al R.O. y ARCHIVESE.-