Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº21772

Ordenanza Nº 21772

Bahia Blanca, 23/05/2024

VISTO

 

El proyecto de Ordenanza obrante a fojas 9 y 10 referido a la eximición en la Tasa por Otros Servicios Municipales, encuadrada en la Ley Provincial N° 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (alas) y sus disposiciones complementarias, de ERBIN NOELIA EVELIN, D.N.I. N° 47.092.545, Contribuyente N° 92.350; y

 

CONSIDERANDO

 

Que visto la documentación aportada por la contribuyente y el análisis realizado por el Departamento Recaudación, se desprende que la actividad llevada a cabo por la misma se encuentra inscripta como emprendimiento amparado por Ley N° 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), a la cual adhiere la Municipalidad de Bahía Blanca a través de la Ordenanza N° 12.925.

 

Que la recurrente se encuentra inscripta en la Tasa por Otros Servicios Municipales, bajo el Contribuyente N° 92.350.

 

Que el Departamento Recaudación informe a fojas 6, que la Contribuyente N° 92.350, se encontraría en condiciones de obtener el tercer año de eximición en relación al pago de la Tasa por otros Servicios Municipales, desde el 06-06-2025 y hasta el 05-06-2026, no registrando otras obligaciones pendientes de pago con este municipio.

 

Que el Artículo 4° de la Ordenanza N° 12.925 prescribe: “Las Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS)” podrán gozar de la eximición de las tasas y derechos municipales que a continuación se detallan, según corresponda:

 

  1. Tasa por habilitación.

  2. Tasa por inspección de seguridad e higiene.

  3. Tasa por inspección veterinaria.

  4. Derechos de construcción.

  5. Derechos de oficina, solamente en lo referente a las actuaciones.

  6. Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios (Agregado por Ordenanza 17.233).

 

Que por Ordenanza Fiscal para el Ejercicio 2022, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca el día 3 de diciembre de 2021, registrada bajo el N° 20.514, y promulgada mediante Decreto N° 2836/2021 de fecha 9 de diciembre de 2021, mencionada en su Título XVI la “Tasa por Otros Servicios Municipales”.

 

Que el Artículo N° 1 de la Ordenanza N° 20.726: Modifícase la denominación de la Tasa mencionada en el inciso f) del Artículo 4°, de la Ordenanza N° 12.925 “Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS)”, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “f) Tasa por Otros Servicios Municipales”.


Por todo lo expuesto, el H. Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1° - Exímese a ERBIN NOELIA EVELIN, D.N.I. N° 47.092.545, Contribuyente N° 92.350, del pago de la Tasa por Otros Servicios Municipales, desde el día 06/06/2025 y hasta el 05/06/2026, en un todo de acuerdo a lo normado en la Ordenanza N° 12.925.

 

Artículo 2° - Comuníquese al D. Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA A LOS VEINTITRÉS DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO.