Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2379
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 19/07/2024
Visto el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la Redeterminación de Precios Provisoria del Certificado N°8, de la obra: "CENTRO DE SALUD M. MORA ESQ. M. MALHARRO", adjudicada por Decreto Nº2539/2023 a la empresa TALLERES B.J. IRRAZABAL S.A.; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 y 2 vuelta el Departamento Proyectos y Obras informa que por Ordenanza N°20.986 la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto Nº290/2021 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que regula el sistema de redeterminaciones de precios en contratos de Obra Pública. Que la Fecha de Licitación - Mes Base es el 19/04/2023; la Fecha del Contrato es 14/07/2023, Acta de Replanteo: 14/08/2023.-
Que el Departamento Técnico ha analizado la presentación de la redeterminación de precios Provisoria de la empresa TALLERES B.J. IRRAZABAL S.A., la cual fue presentada en los plazos legales previstos por la Ordenanza N°20.986. Asimismo, se constató que la contratista no alcanzó el NOVENTA POR CIENTO (90%) del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado. Por lo que se tomará el valor de cotización correspondiente al último mes redeterminado, ya que constituye un derecho adquirido.
Que a la redeterminación de precios provisoria del certificado N°9 se le realiza el análisis con los índices correspondientes al mes de Febrero-2024 (mes de tareas ejecutadas en el certificado N°7), Mes de Ejecución de los trabajos Abril de 2024; la Fecha de Publicación de los índices el día 29/05/2024; la Fecha de Presentación de la empresa, el 05/05/2024; Porcentaje de avance con respecto a la curva de inversiones:77,04%.-
Que el Departamento Proyectos y Obras sugiere que la redeterminación de precios provisoria del certificado N°9 deberá aprobarse por el monto de PESOS TRECE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SETENTA CON DOCE CENTAVOS ($13.269.070,12). Se deberán retener $663.453,51 en concepto de 5% por garantía de contrato y $663.453,51 en concepto del 5% correspondiente a la garantía de fondo de reparo.
Que así mismo, la Oficina Técnica considera que debería remitirse el presente acto al Secretario de Economía para su refrende.
Que a fojas 25 la asesora letrada de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos eleva dictamen, mediante el cual deja expresamente aclarado que en este caso, no observa impedimento legal alguno para la aprobación del pedido de redeterminación según Ordenanza Municipal Nº20986 conforme los términos del informe técnico, sugiriendo, salvo opinión de la autoridad en contrario, que el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por la normativa.
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación de precios provisoria del certificado Nº9 de la obra: "CENTRO DE SALUD M. MORA ESQ. M. MALHARRO, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
ARTICULO 1º: Aprobar la redeterminación provisoria de precios del certificado N°9 de la obra: "CENTRO DE SALUD M. MORA ESQ. M. MALHARRO", por un monto total de PESOS TRECE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SETENTA CON DOCE CENTAVOS ($13.269.070,12), en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. Nº416R-4823-2024.-
ARTÍCULO 2º: Para el pago de la redeterminación provisoria de precios deberán estar cumplidos los requisitos del Artículo N°16 de la Ordenanza N°20.986.-
ARTÍCULO 3º: Encomendar al Departamento Proyectos y Obras a cumplir en el momento correspondiente con lo establecido en los Artículos 18, 19 y 20 de la Ordenanza N°20.986.-
ARTÍCULO 4º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 133, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 50.52.00, Gasto 4.2.1.0 del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 5º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-
ARTÍCULO 6º: Cúmplase; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra y tomen nota los Departamentos Proyectos y Obras y notifíquese a la empresa interesada a través del mencionado Departamento; incorpórese copia del presente Decreto al expediente de obra 416R-1764-2023. Cumplido ARCHÍVESE.-