Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2325
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 15/07/2024
VISTO:
El convenio tripartito de colaboración entre el Municipio de Bahía Blanca, La Universidad Provincial del Sudoeste, y el Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca obrante en el presente expediente, y;
CONSIDERANDO:
Que el día 18 de junio de 2024 se ha celebrado un convenio tripartito de colaboración para implementar el "Programa de Capacitación y Fortalecimiento de Asociaciones Civiles (PCyFAC)" dirigido a personas integrantes y/o colaboradores de las Asociaciones Civiles cuyo objeto estatutario y actividades se encuentren destinadas a elevar la calidad de vida de la población, resulten de interés social comunitario, y se desarrollen en el ámbito geográfico del Partido de Bahía Blanca.
Que el PCyFACT consta de dos etapas, la primera de ellas constituida por un Programa de Capacitación y la segunda, por el desarrollo de una Convocatoria para la presentación de proyectos con impacto social en el territorio.
Que el presente convenio, busca reconocer el rol fundamental que desempeñan las Asociaciones Civiles en el desarrollo de la comunidad y su especial trascendencia en los procesos sociales, como así también brindar las herramientas de gestión necesarias para el desarrollo y la administración de manera sustentable, promoviendo instituciones activas e innovadoras a través del fortalecimiento de las capacidades de trabajo en equipo de sus líderes.
Por todo lo expuesto; y contando con el visado legal de la Subsecretaría Legal y Técnica; el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;
- D E C R E T A -
ARTICULO 1º) - Registrar el convenio tripartito de colaboración entre el Municipio de Bahía Blanca, la Universidad Provincial del Sudoeste, y el Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca con fecha 18 de junio de 2024, obrante en el expediente de referencia, el cual tiene como objetivo implementar el "Programa de Capacitación y Fortalecimiento de Asociaciones Civiles (PCyFAC)".-
ARTICULO 2°) - El presente convenio tripartito de colaboración entrará en vigencia a partir de su firma y concluirá con la finalización del PCyFAC de acuerdo al programa establecido en el Anexo Único. Sin perjuicio de ello, cualquiera de "LAS PARTES" podrá rescindir el presente, previa comunicación fehaciente a la otra, con una antelación de 60 días. "LAS PARTES" convienen que la rescisión, en cualquier caso, no podrá afectar las acciones que se encuentren en plena ejecución, debiendo adoptarse las medidas del caso para que las actividades en curso sean finalizadas.
ARTICULO 3°) - Cúmplase, tome nota la Dirección de Asociaciones Civiles; dese al R.O. y hecho ARCHIVESE.-