Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº2328

Decreto Nº 2328

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 16/07/2024

VISTO el presente expediente iniciado como Alcance Nro. 1 del Expediente Nro.  416R-827-2024, relacionado con la obra "REPOSICION Y REPARACION DE CUBIERTAS Y CIELORRASOS E.S. Nº 37 Y E.P. Nº 37" ejecutada por la empresa GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L. y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con la Ordenanza N.º 20.986, que adhirió al Decreto 290/21 de la Provincia de Buenos Aires, la empresa GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L., como contratista de la obra de referencia, que le fuera adjudicada por Decreto 255/2024, presenta la solicitud de redeterminación de precios de la obra de referencia dentro de los plazos estipulados por el art. 12 inc. a de la normativa citada.

Que el Departamento Proyectos y Obras, valida que se encuentran cumplidos las condiciones establecidas por el art. 8 de la Ordenanza 20986. El contrato de obra se encuentra suscripto, se inició la obra, y  no existen atrasos imputables al contratista.

Que a fojas 1, el Departamento Proyectos y Obras sostiene que el avance de obra cumple con los parámetros dispuestos por el Art. 9, párrafo 1º de la Ordenanza N.º 20986, que establece que los certificados de redeterminación se aplican tomando como referencia los índices publicados correspondientes al mes de ejecución de los trabajos certificados, siempre que se hubiese alcanzado como mínimo el noventa por ciento (90%) del avance de obra proyectado,aprobado y acumulado.

Que la variación de precios a pagar entre el mes base (enero 2024) y el mes del de ejecución de los trabajos (marzo 2024) arroja un monto provisorio de Pesos dos millones doscientos sesenta y tres mil ochocientos veintisiete con setenta y cinco centavos  ($ 2.263.827,75.-), por lo que el área técnica confecciona el pertinente certificado de redeterminación obrante a fs. 19.

Que el art. 12, inc.b de la Ordenanza Nº 20986, exige la presentación de una garantía de fondo de reparo por el monto del ajuste efectuado, respetando el porcentaje estipulado en el contrato para dicha garantía o una ampliación de la garantía oportunamente presentada, la que deberá cumplir las formas establecidas por el art. 15 del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales.

Asimismo, conforme el art. 12 inc. c de la Ordenanza N.º 20986, se acredita la renuncia a cualquier reclamo por mayores costos, intereses, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza resultantes del presente proceso, incluida en el certificado de redeterminación, firmado por la contratista.

Que a fs. 28 vta. y fs. 29, la Subsecretaría de Obras Públicas y la asesora legal de la citada Secretaria de Obras y Servicios Públicos, validan el cumplimiento de los requisitos exigidos por la norma.

Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente; lo informado por el Departamento Proyectos y Obras y la imputación realizada a fojas 28 vta. por Subdirección de Presupuesto y Departamento Contaduría General,  el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

ARTICULO 1º: Convalidar el procedimiento de redeterminación de precios provisoria en el marco de la Ordenanza N.º 20986, solicitada por la empresa GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L. , correspondiente a la obra: "REPOSICION Y REPARACION DE CUBIERTAS Y CIELORRASOS E.S. Nº 37 Y E.P. Nº 37" conforme el certificado de redeterminacion N.º 1.-

ARTÍCULO 2º: Ordenar al Departamento Contaduría General a abonar a la Empresa GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L. en un todo de acuerdo a los considerandos del presente y documentación acompañada, el monto de Pesos dos millones doscientos sesenta y tres mil ochocientos veintisiete con setenta y cinco centavos  ($ 2.263.827,75.-), correspondiente a la redeterminación provisoria del certificado Nº 1, contra la presentación de la factura correspondiente,.-

ARTICULO 3º: Encomendar al Departamento Proyectos y Obras a cumplir con lo establecido en los Artículos 18, 19 y 20 de la Ordenanza N° 20.986.-

ARTÍCULO 4º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 132, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 62.01.00, Gasto 5.4.6.0 del Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 5º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-

ARTÍCULO 6º: Cúmplase; dése al RO.; notifiquese a la empresa interesada con copia del certificado de redeterminación Nº1; tomen nota Subdirección de Presupuesto, Departamento Contaduría General, Departamento Proyectos y Obras. Cumplido RESERVESE en el Departamento Proyectos y Obras.-