Boletines/Mercedes

Decreto Nº1238/2024

Decreto Nº 1238/2024

Mercedes, 24/07/2024

Visto

Que en el expediente Nº 5437/2024 la Secretaria de Desarrollo de la Comunidad de esta Municipalidad, se solicita la aprobación de diferentes programas para trabajar durante 2024; y

 

Considerando

           Que el artículo 148 último párrafo del Decreto-Ley 6769/58 -LOM-, establece que cuando las Municipalidades carezcan de oficinas técnicas a cargo de profesionales en obras públicas o teniéndola organizada, ésta se declare incompetente, el Departamento Ejecutivo podrá contratar directamente la realización de los trabajos;

            Que, si bien dicha disposición es aplicable para las obras públicas, la doctrina del HTC en oportunidad de la Ley 11757, la hizo extensiva para la contratación bajo la modalidad de contrato de obra a otros profesionales, a fin de justificar la misma;  

            Que, bajo ese marco normativo, la doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas, ha considerado factible la contratación de personal bajo la modalidad de “locación de obra” con carácter excepcional, siempre que no se cuente con el personal especializado o el existente se declare incompetente.

             Que es intención de este Poder Ejecutivo brindar un servicio para el bienestar de la comunidad;

Por ello, EL SEÑOR  INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias,

                                                            DECRETA

ARTÍCULO 1º: APRUEBASE la declaración de incompetencia formulada por la Secretaria de Desarrollo de la Comunidad a través del expediente de referencia.

ARTICULO 2º: ABRASE el proceso de selección a fin de designar Médicos Generalistas, Psicopedagogos/as, Técnicos en Musicoterapia, Psiquiatras, Acompañantes Terapéuticos, Licenciados en Terapia Ocupacional, Licenciados en Trabajo Social, Licenciados en Psicología, Arquitectos/as, Maestro/a Mayor de Obras, Abogados/as, Técnicos en Minoridad, Profesor de Artes Visuales, Técnicos en Enfermería, Licenciados en Relaciones del Trabajo, Docentes nivel inicial/primario; para el desempeño de las tareas en los diferentes programas a cargo de la Secretaría de Desarrollo de la Comunidad, aprobados mediante Decreto Nº1148/2024.-

ARTICULO 3º: Las personas a cubrir el cargo, en caso de no encontrarse dentro de las personas incluidas en el Plantel Municipal al momento de la convocatoria, tendrá vinculación con este Municipio únicamente del contrato de locación de obra, sin relación de dependencia con esta Municipalidad.

ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Dese al Digesto General. Cumplido, Archívese.-