Boletines/Mercedes

Resolución Nº173/2024

Resolución Nº 173/2024

Mercedes, 18/07/2024

Visto

Que en el expediente Nº 3827/2023 tanto la Dirección de Tierras y Hábitat y la Dirección de Cultura de la Secretaria de Gobierno de esta Municipalidad, se declara incompetente para que personal de la misma desarrolle las tareas en la ejecución de los diferentes programas y control y supervisión de los mismos, y

Considerando

            Que el artículo 148 último párrafo del Decreto-Ley 6769/58 -LOM-, establece que cuando las Municipalidades carezcan de oficinas técnicas a cargo de profesionales en obras públicas o teniéndola organizada, ésta se declare incompetente, el Departamento Ejecutivo podrá contratar directamente la realización de los trabajos;

            Que, si bien dicha disposición es aplicable para las obras públicas, la doctrina del HTC en oportunidad de la Ley 11757, la hizo extensiva para la contratación bajo la modalidad de contrato de obra a otros profesionales, a fin de justificar la misma;  

             Que, bajo ese marco normativo, la doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas, ha considerado factible la contratación de personal bajo la modalidad de “locación de obra” con carácter excepcional, siempre que no se cuente con el personal especializado o el existente se declare incompetente.

            Que es intención de este Poder Ejecutivo brindar un servicio para el bienestar de la comunidad;

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones

                                                            RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Reconózcase la declaración de incompetencia formulada por la Dirección de Tierras y Hábitat y la Dirección de Cultura a través del expediente precedentemente citado.

 ARTÍCULO 2º: Autorízase la celebración del contrato de locación de Obra, para la contratación de la siguiente profesional:

Nombre

Título

OBIETA MARIA FLORENCIA

LIC. EN TRABAJO SOCIAL

BETANCUR YANESELLI STELLA MARIS

PROF. DE DANZAS

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese. -