Boletines/Mercedes

Decreto Nº1120/2024

Decreto Nº 1120/2024

Mercedes, 03/07/2024

Visto

La Constitución Nacional y los tratados internacionales incorporados a ella, la Constitución Provincial y en las leyes de Educación Nacional Nº 26.206, Provincial Nº 13.688 y la Ley Nacional de Financiamiento Educativo Nº 26.075, así como el Decreto Provincial Nº 292/24 y,

 

Considerando

Que desde el comienzo de la pandemia COVID-19 se han desarrollado diversas acciones desde la política pública local con el objetivo de mitigar sus efectos en la comunidad;

Que se han llevado a cabo múltiples encuentros con la comunidad educativa, tanto pública como privada, identificando problemas y planificando acciones conjuntas;

Que estos encuentros y la participación de la comunidad reflejan la convicción de que la pandemia ha brindado una oportunidad para reconfigurar la realidad y promover nuevos modos de relacionarse y desarrollar colectivamente diferentes acciones tendientes a acompañar al sistema educativo;

Que, en ese sentido, partiendo de la escuela y reconociendo el esfuerzo y el trabajo de las y los docentes durante la pandemia, se hizo menester la necesidad de planificar nuevas acciones y reorganizar las existentes;

Que, en ese contexto surge el programa "Mercedes Aprende Unida" concebido como un nuevo dispositivo Municipal basado en un Acuerdo comunitario hasta el 2025, planificado con acciones de mediano y largo plazo basadas en ejes centrales;

Que, la experiencia vivida ha revelado, de manera inequívoca, las debilidades y fortalezas de nuestras estructuras educativas, subrayando la necesidad urgente de una renovación y fortalecimiento integral;

Que, ese nuevo enfoque integral nos propone algo más profundo y amplio como un Plan Integral que incluya programas y proyectos con objetivos claros, estrategias de intervención y tácticas de aplicación en el corto, mediano y largo plazo, en el marco de una fuerte articulación colectiva;

Que, este nuevo paradigma busca unir el Sistema Educativo Formal con una red no formal, involucrando a toda la sociedad, en su conjunto y garantizando que nadie quede excluido;

Que el Plan Integral Mercedes Aprende Unida es por tanto una iniciativa necesaria, que busca transformar la educación en nuestra ciudad, haciéndola más inclusiva, equitativa y accesible, que no solo responda a las urgencias actuales, sino que también siente los lineamientos para un futuro educativo sólido, sin discriminación, con un Estado Municipal comprometido con el derecho a la educación y a la igualdad de oportunidades.

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: CREÁSE el "Plan Integral Mercedes Aprende Unida" como una política pública municipal destinada a acompañar y fortalecer el Sistema Educativo de la ciudad, integrando tanto el ámbito formal como el no formal.

ARTÍCULO 2º: El Plan Integral Mercedes Aprende Unida estará basado en los siguientes principios generales:

  1. Recuperar el valor de la educación y la escuela como ejes centrales de la comunidad;
  2. Acompañar al Sistema Educativo;
  3. Recuperar contenidos y acompañar el proceso de aprendizaje;
  4. Fomentar el compromiso comunitario;
  5. Crear espacios de recreación y participación;
  6. Construir conocimientos desde lo local.;
  7. Fortalecer los lazos y mejorar la convivencia;
  8. Garantizar derechos.

ARTÍCULO 3º: El Plan Integral Mercedes Aprende Unida se implementará a través de objetivos generales y específicos claros; 5 (cinco) ejes de trabajo; estrategias y acciones de intervención a corto, mediano y largo plazo, y tácticas de aplicación conforme al Anexo I.

ARTÍCULO 4º: El Estado Municipal se compromete a articular y coordinar un conjunto de programas y proyectos necesarios para asegurar la participación y el compromiso de toda la comunidad, garantizando la inclusión de niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos a través de sus dispositivos locales obrantes en el Anexo II.

ARTÍCULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Educación y la Secretaria de Gobierno.

ARTÍCULO 6º: Comuníquese, publíquese y archívese. -