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Ordenanza Nº8020

Ordenanza Nº 8020

Lujan, 02/12/2022

cejo Deliberante en ejercicio de sus atribuciones sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1º.- Reconócese la deuda mantenida con el Agente Carrasco Juan Pablo, Legajo N° 6951, en concepto de deuda de haberes de los meses de noviembre y diciembre de 2021 y de bonificación No Remunerativa, la suma bruta de Pesos Ciento Doce Mil Setenta y Siete con Veintidós Centavos ($ 112.077,22) de acuerdo con el Artículo 140º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a registrar y cancelar la deuda reconocida por el artículo precedente, según lo prescripto por el Artículo 141º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 3º.- Autorízase la compensación de excesos producidos en los presupuestos de origen, para la atención del reconocimiento de deuda del Artículo 1º de la presente, con economías de otras Partidas por no inversión, tal como lo faculta el Artículo 123º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 4º.- Regístrese, comuníquese al DE, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS.-