Boletines/Lujan
Ordenanza Nº 8009
Lujan, 01/12/2022
El Honorable Concejo Deliberante en ejercicio de sus atribuciones sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ORDENANZA
Artículo 1°.- Condónase el 50% del pago de las Tasas Municipales hasta el 31 de diciembre de 2020 a la Sociedad de Fomento del Barrio Mirador, conforme lo establece la Ordenanza Fiscal N° 7836 inciso k).
Artículo 2º.- Regístrese, comuníquese al DE, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS.-