Boletines/Lujan
Decreto Nº 2793
Lujan, 29/12/2022
Decreto Promulgatorio Ordenanza N° 8008
Visto
Que el Honorable Concejo Deliberante en su Sesión Ordinaria n°19 del día 28 de noviembre de 2022, ha sancionado Ordenanza ORDEN 8008
Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades que se derivan de los artículos 108 inciso 2 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º.- Promúlgase la ORDEN 2022-8008-E-MUNILUJAN-HCD, cuyo texto se trascribe a continuación:
“VISTO:
Las actuaciones que obran en el Expediente de referencia; y
CONSIDERANDO:
Que existe una gran cantidad de vehículos (en su mayoría motocicletas) en las Dependencias Municipales y los rodados secuestrados no han sido reclamados por persona alguna a retirarlos y/o acreditar derechos sobre los mismos.
Que la mayoría de estos vehículos, por las condiciones en que se encuentran de acuerdo a lo informado por la Dirección de Transporte, Tránsito, y Seguridad Vial y las Dependencias Policiales, representan un peligro para el medio ambiente y la salud por resultar posibles focos de contaminación, ya que los mismos contienen sustancias que podrían resultar contaminantes (tales como líquidos de frenos, baterías, nafta,aceites, entre otros).
Que está en vigencia el Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición final de Automotores (PRO.DE.CO), implementado por el Ministerio de Seguridad mediante Resolución 542/2021 con su Anexo Normativo. Que el Artículo 5 de dicha Resolución y el Artículo 12 de su Anexo Regulatorio, el Ministerio de Seguridad invita a las Provincias y a los Municipios a adherirse al Programa mencionado.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante en ejercicio de sus atribuciones sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
Disposición Final de Automotores (PRO.DE.CO), implementado por Ministerio de Seguridad de la Nación, mediante Resolución N° 542/2021 y de las normas que en su consecuencia se dicten o a las que, en el futuro, eventualmente la reemplace.
Artículo 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenios y/o gestiones pertinentes para la implementación del PRO.DE.CO.
Artículo 3º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a publicar edictos durante un (1) día en un diario de circulación local y/o zonal y en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, intimando por el plazo de quince (15) días para que los titulares de los vehículos que se encuentren en dependencias municipales se presenten ante el Juzgado de Faltas de nuestra ciudad, con documentación fehaciente que acredite derechos sobre los mismos para poder retirarlos.
Artículo 4º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a someter al procedimiento de Descontaminación, Compactación y Disposición final de Automotores (PRO.DE.CO) a los vehículos secuestrados en las dependencias municipales y a los vehículos de propiedad del Municipio que se encuentran en condiciones de someterse al Programa.
Artículo 5º.- El Visto y los Considerandos forman parte de esta Ordenanza. Artículo 6º.- Regístrese, comuníquese al DE, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS.-
Jesica Valeria Rivarola Agustín Gabriel Musso
Secretaria Presidente
Honorable Concejo Deliberante Luján Honorable Concejo Deliberante Luján”
Artículo 2°. - Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.