Boletines/Lujan

Decreto Nº2695

Decreto Nº 2695

Lujan, 19/12/2022

Subsidio a Club Social y Deportivo Flandria

Visto

Que mediante expediente EX-2022-00181211-MUNILUJAN-SEF tramita la solicitud del “Club Social y Deportivo Flandria” de un subsidio a fin de afrontar la realización de obras de seguridad; y

Considerando

Que del análisis de la situación surge la necesidad de acudir en ayuda de las entidades solicitantes y asistirlas con recursos para solventar gastos en la realización de obras y refacciones para el mejoramiento del estadio deportivo de dicha institución;

Que mediante IF-2022-00181309-MUNILUJAN-SEF la Secretaria de Economía y Finanzas toma conocimiento y presta conformidad.

Que a IF-2022-00181377-MUNILUJAN-SEF luce la documentación de la entidad deportiva.

Que la institución se encuentra registrada en el Registro Municipal de Asociaciones y con reconocimiento de su Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas.

Que dicha entidad brinda un gran servicio a la comunidad y por tal motivo resulta sumamente importante seguir adelante con la misma.

Que mediante PV-2022-00181436-MUNILUJAN-CM#SEF la Contaduría Municipal da cuenta de la imputación del gasto.

Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades que se derivan de los artículos 107 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.;

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1º.- Otórgase a favor del “Club Social y Deportivo Flandria”, con domicilio en la calle España N °275 de la Localidad de Jáuregui, Partido de Lujan, representada por su presidente, Sr. Bianchi Juan, D.N.I. 38.697.894, un subsidio de pesos un millón ($1.000.000.), en concepto de ayuda económica, a los efectos detallados en los considerandos precedentemente enunciados con cargo de rendición de cuentas.-

Artículo 2º.- El gasto que demande lo dispuesto por el artículo anterior será imputado a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos vigente:

27.- Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.

52.- Conducción y Coordinación de Entidades Comunitarias.

110.- Tesoro Municipal.

5.1.7.0. Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin Fines de Lucro.

Artículo 3º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-