Boletines/Lujan

Decreto Nº2690

Decreto Nº 2690

Lujan, 16/12/2022

Pase a planta permanente agentes de la Secretaría de Servicios Públicos, Obras e Infraestructura

Visto

el Expediente EX-2022-00043099-MUNILUJAN-DRH#SGPC, por el que se tramita el pase a planta permanente de personal municipal de planta temporaria que dependen de la Secretaría de Servicios Públicos, Obras e Infraestructura; y

Considerando

Que la Ley N°14.656 regula la relación laboral del empleo público municipal, junto con las Ordenanzas y acuerdos colectivos suscriptos en esa materia.

Que el cuerpo legal mencionado ut supra, establece los requisitos de ingreso e incompatibilidades para el empleo público municipal.

Que a los fines de garantizar la estabilidad en el empleo público municipal, el Director de Recursos Humanos eleva a la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana la nómina de agentes de planta temporaria que se hallan en condiciones de incorporarse a la planta permanente.

en efecto, los agentes de la nómina cuentan con una antigüedad mayor a un año, sin existir sanciones disciplinarias en los términos de la Ley N°14.656 a fin de ingresar a la planta permanente de este Municipio, conforme lo informado por la Dirección de Recursos Humanos.

la nómina de agentes que dependen de la Secretaría de Servicios Públicos, Obras e Infraestructura, se vincula a las presentes como informe gráfico identificado como IF-2022-00171442-MUNILUJANDRH#SGPC, obrante en orden 12.

Que en orden 22, toma vista y presta conformidad la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana, remitiendo las actuaciones a la Secretaría de Jefatura de Gabinete.

Que a los mismos fines del considerando anterior, la Secretaría de Jefatura de Gabinete toma vista y conocimiento en orden 26.

Que en orden 34, mediante providencia n° PV-2022-00178108-MUNILUJAN-SEF, la Secretaría de Economía y Finanzas, toma vista y ordena que se informe la imputación presupuestaria del gasto.

Que la misma es informada por la Contaduría Municipal en orden 36, vinculada a las presentes como PV2022-00178874-SEF.

Que corresponde incorporar a los agentes detallados en el anexo identificado como IF-2022-00171442- MUNILUJAN-DRH#SGPC, a la planta permanente, a partir del 1° de diciembre de 2022, manteniendo las bonificaciones detalladas en el mismo.

Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el art. 107° y concordantes con el Decreto Ley N° 6769/58 y artículo 66° de la Ley N° 14.656.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a los agentes municipales de planta temporaria que a continuación se detallan y que prestan servicios en la Dirección de Mantenimiento Urbano, dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos, Obras e Infraestructura, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-1201-E-MUNILUJAN-INT:

PERSONAL OBRERO – CLASE VII DE 48 HORAS SEMANALES

  • GONZALEZ VIDELA, Luis Andrés, legajo n° 7422
  • ROBLES, Juan, legajo n° 7338.

Artículo 2°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a los agentes municipales de planta temporaria que a continuación se detallan y que prestan servicios en el área de Residuos Sólidos, dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos, Obras e Infraestructura, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-1201-E-MUNILUJAN-INT:

PERSONAL OBRERO – CLASE VII DE 48 HORAS SEMANALES

  • BORDI, Roberto Javier, legajo n° 7286.
  • MOLTENI, Fernando David, legajo n° 7452.
  • OCAMPO, Lucas Eduardo, legajo n°7451.
  • ROLDAN, Facundo Nicolás, legajo n° 7339.
  • TORRES, Horacio Rubén, legajo n° 7499.
  • VIEGAS, Luis Guillermo, legajo n° 7459.

PERSONAL PROFESIONAL – CLASE II DE 30 HORAS SEMANALES

  • FANUCCE, Micaela, legajo n° 7469.

Artículo 3°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a los agentes municipales de planta temporaria que a continuación se detallan y que prestan servicios en la planta depuradora de la localidad de Open Door, dependiente de la Dirección de Mantenimiento Urbano, dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos, Obras e Infraestructura, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-1201-EMUNILUJAN-INT:

PERSONAL OBRERO – CLASE VII DE 48 HORAS SEMANALES

  • MORENO, Cristian Fabian, legajo n° 7281.

Artículo 4°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a los agentes municipales de planta temporaria que a continuación se detallan y que prestan servicios en el área de Espacios Verdes, dependiente de la Subsecretaría de Servicios Públicos, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-1201-EMUNILUJAN-INT:

PERSONAL OBRERO – CLASE VII DE 48 HORAS SEMANALES

  • NETO, José María, legajo n° 6645.
  • AUTERI, Rodolfo Gabriel, legajo n° 7362.

Artículo 5°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, al agente municipal de planta temporaria que a continuación se detalla y que presta servicios en el área de espacios verdes, dependiente de la Subsecretaría de Servicios Públicos, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-1201-E-MUNILUJAN-INT:

PERSONAL OBRERO – CLASE VII DE 48 HORAS SEMANALES

  • TALABERA, Ángel Antonio, legajo n° 7270.

Artículo 6°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a la agente municipal de planta temporaria que a continuación se detalla y que presta servicios en la Subsecretaría de Servicios Públicos, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-1201-E-MUNILUJAN-INT:

INSPECTOR FISCALIZADOR DE 48 HORAS SEMANALES

  • MONTENEGRO, Anabella, legajo n° 7278.

Artículo 7°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR DISPOSICIÓN PERMANENTE correspondiente al 15% del sueldo básico del agente BORDI, Roberto Javier, legajo n° 7286 contemplada en el artículo 20° de la Ordenanza 7492, a partir del 1° de agosto de 2021.-

Artículo 8°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TAREAS PENOSAS, RIESGOSAS Y/O INSALUBRES, contemplada en el artículo 31° de la Ordenanza 7492, al agente BORDI, Roberto Javier, legajo n° 7286, a partir del 1° de enero de 2020.-

Artículo 9°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR DISPOSICIÓN PERMANENTE correspondiente al 50% del sueldo básico contemplada en el artículo 20° de la Ordenanza 7492, a la agente FANUCCE, Micaela legajo n° 7469, a partir del 1° de febrero de 2021.-

Artículo 10°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 20% del sueldo básico contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, ala agente FANUCCE, Micaela legajo n° 7469, a partir del 1° de febrero de 2021.

Artículo 11°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TAREAS PENOSAS, RIESGOSAS Y/O INSALUBRES, contemplada en el artículo 31° de la Ordenanza 7492, al agente MOLTENI, Fernando David, legajo n° 7452, a partir del 1° de enero de 2021.-

Artículo 12°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 10% del sueldo básico contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, ala agente MONTENEGRO, Anabella legajo n° 7469, a partir del 1° de enero de 2020.

Artículo 13°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TAREAS PENOSAS, RIESGOSAS Y/O INSALUBRES contemplada en el artículo 31° de la Ordenanza 7492, ala agente MONTENEGRO, Anabella legajo n° 7469, a partir del 1° de enero de 2020.

Artículo 14°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR CONDUCTOR correspondiente al 8% del sueldo básico contemplada en el artículo 22° de la Ordenanza 7492, ala agente MONTENEGRO, Anabella legajo n° 7469, a partir del 1° de mayo de 2021.

Artículo 15°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TAREAS PENOSAS, RIESGOSAS Y/O INSALUBRES, contemplada en el artículo 31° de la Ordenanza 7492, al agente MORENO, Cristian Fabián, legajo n° 7281, a partir del 1° de septiembre de 2020.-

Artículo 16°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO, correspondiente al 8%, contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, al agente MORENO, Cristian Fabián, legajo n° 7281, a partir del 1° de enero de 2020.-

Artículo 17°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR DISPOSICIÓN PERMANENTE correspondiente al 50% del sueldo básico contemplada en el artículo 20° de la Ordenanza 7492, al agente NETO, José María, legajo n° 6645, a partir del 1° de septiembre de 2022.-

Artículo 18°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TAREAS PENOSAS, RIESGOSAS Y/O INSALUBRES, contemplada en el artículo 31° de la Ordenanza 7492, al agente NETO, José María, legajo n° 6645, a partir del 1° de septiembre de 2020.-

Artículo 19°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR CONDUCTOR correspondiente al 8% del sueldo básico, contemplada en el artículo 22° de la Ordenanza 7492, al agente NETO, José María, legajo n° 6645, a partir del 1° de septiembre de 2020.-

Artículo 20°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TAREAS PENOSAS, RIESGOSAS Y/O INSALUBRES correspondiente al 15% del sueldo básico, contemplada en el artículo 31° de la Ordenanza 7492, al agente AUTERI, Rodolfo Gabriel, legajo n° 7362, a partir del 1° de abril de 2020.-

Artículo 21°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR DISPOSICION PERMANENTE correspondiente al 45% del sueldo básico, contemplada en el artículo 20° de la Ordenanza 7492, al agente AUTERI, Rodolfo Gabriel, legajo n° 7362, a partir del 1° de junio de 2020.-

Artículo 22°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TAREAS PENOSAS, RIESGOSAS Y/O INSALUBRES, contemplada en el artículo 31° de la Ordenanza 7492, al agente OCAMPO, Lucas Eduardo, legajo n°7451, a partir del 1° de enero de 2021.-

Artículo 23°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 15% del sueldo básico contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, al agente ROLDAN, Facundo Nicolás, legajo n° 7339, a partir del 1° de febrero de 2020.

Artículo 24°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR DISPOSICIÓN PERMANENTE correspondiente al 45% del sueldo básico contemplada en el artículo 20° de la Ordenanza 7492, la agente ROLDAN, Facundo Nicolás, legajo n° 7339, a partir del 1° de septiembre de 2021.

Artículo 25°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR CONDUCTOR correspondiente al 8% del sueldo básico, contemplada en el artículo 22° de la Ordenanza 7492, al agente ROLDAN, Facundo Nicolás, legajo n° 7339, a partir del 1° de febrero de 2020.

Artículo 26°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TAREAS PENOSAS, RIESGOSAS Y/O INSALUBRES, contemplada en el artículo 31° de la Ordenanza 7492, al agente TORRES, Horacio Rubén, legajo n° 7499, a partir del 1° de mayo de 2021.-

Artículo 27°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR CONDUCTOR correspondiente al 10% del sueldo básico, contemplada en el artículo 22° de la Ordenanza 7492 al agente TORRES, Horacio Rubén, legajo n° 7499, a partir del 1° de mayo de 2021.-

Artículo 28°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TAREAS PENOSAS, RIESGOSAS Y/O INSALUBRES, contemplada en el artículo 31° de la Ordenanza 7492, al agente VIEGAS, Luis Guillermo, legajo n° 7459, a partir del 1° de enero de 2021.-

Artículo 29°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR CONDUCTOR correspondiente al 8% del sueldo básico, contemplada en el artículo 22° de la Ordenanza 7492, al agente VIEGAS, Luis Guillermo, legajo n° 7459, a partir del 1° de enero de 2021.-

Artículo 30°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

03.- Secretaría de Servicios Públicos, Obras e Infraestructura.

33.- Mantenimiento de Ejido Urbano y Rural.

03.- Recolección y Disposición Final de Residuos.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

Artículo 31°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 2°, 7°, 8°, 9°, 10°, 11°, 22, 23°, 24°, 25°, 26°, 27° y 29° será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

03.- Secretaría de Servicios Públicos, Obras e Infraestructura.

33.- Mantenimiento de Ejido Urbano y Rural.

03.- Recolección y Disposición Final de Residuos.

110.- Tesoro Municipal. 01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

01.- Retribuciones del cargo.

Artículo 32°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 3°, 15° y 16°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

03.- Secretaría de Servicios Públicos, Obras e Infraestructura.

31.- Prestación Servicios Sanitarios.

03.- Planta de Disposición de Residuos Líquidos de Open Door.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

01.- Retribuciones del Cargo.

Artículo 33°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 4°, 17°, 18°, 19°, 20° Y 21° será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

03.- Secretaría de Servicios Públicos, Obras e Infraestructura.

33.- Mantenimiento de Ejido Urbano y Rural.

05.- Mantenimiento de Plazas, Paseos y Arbolado.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

01.- Retribuciones del cargo.

Artículo 34°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

03.- Secretaría de Servicios Públicos, Obras e Infraestructura.

33.- Mantenimiento de Ejido Urbano y Rural.

05.- Mantenimiento de Plazas, Paseos y Arbolado.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

Artículo 35°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 6°, 12° 13° y 14°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente

03.- Secretaría de Servicios Públicos, Obras e Infraestructura.

01.- Formulación y Ejecución de Políticas de Obras.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente

01.- Retribuciones del cargo.

Artículo 36º.-Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-