Boletines/Lujan
Decreto Nº 2688
Lujan, 16/12/2022
Pase a planta permanente agentes de la Secretaría de Protección Ciudadana
Visto
el Expediente EX-2022-00043099-MUNILUJAN-DRH#SGPC, por el que se tramita el pase a planta permanente de personal municipal de planta temporaria que dependen de la Secretaría de Protección Ciudadana; y
Considerando
Que la Ley N°14.656 regula la relación laboral del empleo público municipal, junto con las Ordenanzas y acuerdos colectivos suscriptos en esa materia.
Que el cuerpo legal mencionado ut supra, establece los requisitos de ingreso e incompatibilidades para el empleo público municipal.
Que a los fines de garantizar la estabilidad en el empleo público municipal, el Director de Recursos Humanos eleva a la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana la nómina de agentes de planta temporaria que se hallan en condiciones de incorporarse a la planta permanente.
Que en efecto, los agentes de la nómina cuentan con una antigüedad mayor a un año, sin existir sanciones disciplinarias en los términos de la Ley N°14.656 a fin de ingresar a la planta permanente de este Municipio, conforme lo informado por la Dirección de Recursos Humanos.
Que la nómina de agentes que dependen de la Secretaría de Protección Ciudadana, se vincula a las presentes como informe gráfico identificado como IF-2022-00171437-MUNILUJAN-DRH#SGPC, obrante en orden 11.
Que en orden 22, toma vista y presta conformidad la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana, remitiendo las actuaciones a la Secretaría de Jefatura de Gabinete.
Que a los mismos fines del considerando anterior, la Secretaría de Jefatura de Gabinete toma vista y conocimiento en orden 26.
Que en orden 34, mediante providencia n° PV-2022-00178108-MUNILUJAN-SEF, la Secretaría de Economía y Finanzas, toma vista y ordena que se informe la imputación presupuestaria del gasto.
Que la misma es informada por la Contaduría Municipal en orden 36, vinculada a las presentes como PV2022-00178874-SEF.
Que corresponde incorporar a los agentes detallados en el anexo identificado como IF-2022-00171437- MUNILUJAN-DRH#SGPC, a la planta permanente, a partir del 1° de diciembre de 2022, manteniendo las bonificaciones detalladas en el mismo.
Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el art. 107° y concordantes con el Decreto Ley N° 6769/58 y artículo 66° de la Ley N° 14.656.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a los agentes municipales de planta temporaria que a continuación se detallan y que prestan servicios en la Subdirección del Centro de Operaciones de Monitoreo, dependiente de la Secretaría de Protección Ciudadana, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-925-E-MUNILUJAN-INT:
INSPECTOR FISCALIZADOR DE 48 HORAS SEMANALES:
Artículo 2°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a los agentes municipales de planta temporaria que a continuación se detallan y que prestan servicios en la órbita de la Secretaría de Protección Ciudadana, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-925-E-MUNILUJAN-INT:
PERSONAL OBRERO– CLASE VII DE 48 HORAS SEMANALES – VEHICULOS LIVIANOS
INSPECTOR FISCALIZADOR DE 48 HORAS SEMANALES - CENTRO DE OPERACIONES DE MONITOREO
PERSONAL PROFESIONAL – CLASE II DE 30 HORAS SEMANALES
Artículo 3°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, al agente municipal de planta temporaria Carlos Alberto DENEVI, legajo n° 7417, que presta servicios en la Subdirección de Licencias de Conducir, dependiente de la Secretaría de Protección Ciudadana, como personal profesional - médico asistente de 36 horas semanales, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-925-E-MUNILUJAN-INT.-
Artículo 4°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, al agente municipal de planta temporaria Aldo César MAISON, legajo n° 5572, que presta servicios en la Dirección de Tránsito, Transporte y Señalización Vial, dependiente de la Secretaría de Protección Ciudadana, como personal obrero – clase VII de 48 horas semanales, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-925-E-MUNILUJAN-INT.-
Artículo 5°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a los agentes municipales de planta temporaria que a continuación se detallan y que prestan servicios en la Dirección de Tránsito, Transporte y Señalización Vial, dependiente de la Secretaría de Protección Ciudadana, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-925-E-MUNILUJAN-INT:
INSPECTOR FISCALIZADOR DE 48 HORAS SEMANALES:
INSPECTOR FISCALIZADOR DE 48 HORAS SEMANALES – LICENCIAS DE CONDUCIR
Artículo 6°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR CONDUCTOR correspondiente al 8% del sueldo básico de ALMADA, Julio Alberto, legajo n° 5736, contemplada en el artículo 22° de la Ordenanza 7492, a partir del 1° de junio de 2022.-
Artículo 7°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TAREAS PENOSAS, RIESGOSAS Y/O INSALUBRES, contemplada en el artículo 31° de la Ordenanza 7492, al agente ALMADA, Julio Alberto, legajo n° 5736, a partir del 1° de noviembre de 2020.-
Artículo 8°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 8% del sueldo básico contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, a la agente LAUBERGE, Paola Eliana, legajo n° 7433, a partir del 1° de enero de 2021.-
Artículo 9°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 8% del sueldo básico contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, al agente LUCESOLI, Julio Alberto, legajo n° 7399, a partir del 1° de enero de 2021.-
Artículo 10°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR CONDUCTOR correspondiente al 8% del sueldo básico contemplada en el artículo 22° de la Ordenanza 7492, al agente LUCESOLI, Julio Alberto, legajo n° 7399, a partir del 1° de septiembre de 2022.-
Artículo 11°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 8% del sueldo básico contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, a la agente MAROTTI, Oriana, legajo n° 7483, a partir del 1° de febrero de 2021.-
Artículo 12°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR DISPOSICIÓN PERMANENTE correspondiente al 50% del sueldo básico contemplada en el artículo 20° de la Ordenanza 7492, a la agente MASCI, Florencia, legajo n° 4327, a partir del 1° de diciembre de 2019.-
Artículo 13°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 15% del sueldo básico, contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, a la agente MASCI, Florencia, legajo n° 4327, a partir del 1° de abril de 2017.-
Artículo 14°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TAREAS PENOSAS, RIESGOSAS Y/O INSALUBRES, contemplada en el artículo 31° de la Ordenanza 7492, a la agente GALARZA, Gladys Esther, legajo n° 6187, a partir del 1° de junio de 2020.-
Artículo 15°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 8% del sueldo básico contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, al agente PONTAQUARTO, Raúl Ricardo, legajo n° 7429, a partir del 1° de septiembre de 2020.-
Artículo 16°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TAREAS PENOSAS, RIESGOSAS Y/O INSALUBRES, contemplada en el artículo 31° de la Ordenanza 7492, al agente RIVAS, Leonardo Sebastián, legajo n° 7491, a partir del 1° de abril de 2021.-
Artículo 17°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 8% del sueldo básico contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, al agente RIVAS, Leonardo Sebastián, legajo n° 7491, a partir del 1° de abril de 2021.-
Artículo 18°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR CONDUCTOR correspondiente al 8% del sueldo básico, contemplada en el artículo 22° de la Ordenanza 7492, al agente RIVAS, Leonardo Sebastián, legajo n° 7491, a partir del 1° de noviembre de 2021.-
Artículo 19°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:
26.- Secretaría de Protección Ciudadana.
01.01.- Formulación y Ejecución de Políticas de Protección Ciudadana.
110.- Tesoro Municipal.
01.- Gastos de Personal.
01.- Personal Permanente.
Artículo 20°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10°, 11°, 12° y 13° será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:
ALMADA – LAUBERGE – LUCESOLI – MAROTTI - MASCI
26.- Secretaría de Protección Ciudadana.
01.01.- Formulación y Ejecución de Políticas de Protección Ciudadana.
110.- Tesoro Municipal.
01.- Gastos de Personal.
01.- Personal Permanente.
01.- Retribuciones del cargo.
Artículo 21°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:
DENEVI
26.- Secretaría de Protección Ciudadana.
01.- Formulación y Ejecución de Políticas de Protección Ciudadana.
05.- Transporte y Tránsito.
110.- Tesoro Municipal.
01.- Gastos de Personal.
01.- Personal Permanente
Artículo 22°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:
MAISON
26.- Secretaría de Protección Ciudadana.
01.- Formulación y Ejecución de Políticas de Protección Ciudadana.
05.- Transporte y Tránsito.
110.- Tesoro Municipal.
01.- Gastos de Personal.
01.- Personal Permanente.
Artículo 23°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 5°, 14°, 15°, 16°, 17° y 18°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:
GALARZA – PONTAQUARTO – RIVAS
26.- Secretaría de Protección Ciudadana.
01.- Formulación y Ejecución de Políticas de Protección Ciudadana.
05.- Transporte y Tránsito.
110.- Tesoro Municipal.
01.- Gastos de Personal.
01.- Personal Permanente.
01. Retribuciones del cargo.
Artículo 24º.-Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-