Boletines/Lujan

Decreto Nº2687

Decreto Nº 2687

Lujan, 16/12/2022

Pase a planta permanente agentes de la Secretaría de Desarrollo Humano

Visto

el Expediente EX-2022-00043099-MUNILUJAN-DRH#SGPC, por el que se tramita el pase a planta permanente de personal municipal de planta temporaria que dependen de la Secretaría de Desarrollo Humano; y

Considerando

Que la Ley N°14.656 regula la relación laboral del empleo público municipal, junto con las Ordenanzas y acuerdos colectivos suscriptos en esa materia.

Que el cuerpo legal mencionado ut supra, establece los requisitos de ingreso e incompatibilidades para el empleo público municipal.

Que a los fines de garantizar la estabilidad en el empleo público municipal, el Director de Recursos Humanos eleva a la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana la nómina de agentes de planta temporaria que se hallan en condiciones de incorporarse a la planta permanente.

Que en efecto, los agentes de la nómina cuentan con una antigüedad mayor a un año, sin existir sanciones disciplinarias en los términos de la Ley N°14.656 a fin de ingresar a la planta permanente de este Municipio, conforme lo informado por la Dirección de Recursos Humanos.

Que la nómina de agentes que dependen de la Secretaría de Desarrollo Humano, se vincula a las presentes como informe gráfico identificado como IF-2022-00171435-MUNILUJAN-DRH#SGPC, obrante en orden 16.

Que en orden 22, toma vista y presta conformidad la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana, remitiendo las actuaciones a la Secretaría de Jefatura de Gabinete.

Que a los mismos fines del considerando anterior, la Secretaría de Jefatura de Gabinete toma vista y conocimiento en orden 26.

Que en orden 34, mediante providencia n° PV-2022-00178108-MUNILUJAN-SEF, la Secretaría de Economía y Finanzas, toma vista y ordena que se informe la imputación presupuestaria del gasto.

Que la misma es informada por la Contaduría Municipal en orden 36, vinculada a las presentes como PV2022-00178874-SEF.

Que corresponde incorporar a los agentes detallados en el anexo identificado como IF-2022-00171435- MUNILUJAN-DRH#SGPC, a la planta permanente, a partir del 1° de diciembre de 2022, manteniendo las bonificaciones detalladas en el mismo.

Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el art. 107° y concordantes con el Decreto Ley N° 6769/58 y artículo 66° de la Ley N° 14.656.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a los agentes municipales de planta temporaria que a continuación se detallan y que prestan servicios en la Secretaría de Desarrollo Humano, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-1433-E-MUNILUJAN-INT:

PERSONAL ADMINISTRATIVO – CLASE V DE 40 HORAS SEMANALES

  • BOGETTI, Gonzalo Gabriel, legajo n° 7271.
  • ORQUEIDA, Nicolás, legajo n° 7466

Artículo 2°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a los agentes municipales de planta temporaria que a continuación se detallan y que prestan servicios en la Dirección de Géneros y Diversidad, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-1433-EMUNILUJAN-INT:

PERSONAL TECNICO– CLASE VII DE 40 HORAS SEMANALES

  • BRANCATTO, Malvina Soledad, legajo n° 4442

PERSONAL TECNICO– CLASE VII DE 48 HORAS SEMANALES

  • GALLO, María Cecilia, legajo n° 7553.

PERSONAL PROFESIONAL – CLASE II DE 30 HORAS SEMANALES.

  • INZAUGARAT, María Cecilia, legajo n° 7355.

Artículo 3°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a la agente municipal de planta temporaria que a continuación se detalla y que presta servicios en la Dirección de Géneros y Diversidad, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-1433-EMUNILUJAN-INT:

PERSONAL DOCENTE DE NIVEL TERCIARIO – 18 HORAS CATEDRA

  • MONACO, Laura, legajo n° 7461

Artículo 4°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a la agente municipal de planta temporaria que a continuación se detalla y que presta servicios en el CAI de la localidad de Open Door, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-1433- E-MUNILUJAN-INT:

PERSONAL DOCENTE – MAESTRO DE CICLO - INICIAL

  • CASSIANO, Julieta Irma, legajo n° 7122.

Artículo 5°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a la agente municipal de planta temporaria que a continuación se detalla y que presta servicios en la Dirección de Niñez, Adolescencia y Juventudes, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-1433-E-MUNILUJAN-INT:

PERSONAL PROFESIONAL – CLASE II DE 30 HORAS SEMANALES

  • CASTRO, Guadalupe, legajo n° 7503

Artículo 6°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a los agentes municipales de planta temporaria que a continuación se detallan y que prestan servicios en la Dirección de Abordaje Territorial y Asistencia Crítica, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-1433-E-MUNILUJAN-INT:

PERSONAL DE SERVICIO – CLASE VII DE 40 HORAS SEMANALES

  • CEYBA, Yamila Cecilia, legajo n° 7528.

PERSONAL PROFESIONAL – CLASE II DE 30 HORAS SEMANALES

  • REMENTERIA, Marina, legajo n° 5184.
  • TRIPOLI, Sebastián, legajo n° 7527

Artículo 7°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a la agente municipal de planta temporaria que a continuación se detalla y que presta servicios en la Dirección de Abordaje Territorial y Asistencia Crítica, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-1433-E-MUNILUJAN-INT:

PERSONAL PROFESIONAL DE CARRERA HOSPITALARIA – MEDICO ASISTENTE DE 36 HORAS SEMANALES.

  • SOKOLOFF GROSSO, Florencia, legajo n° 7456

Artículo 8°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a la agente municipal de planta temporaria que a continuación se detalla y que presta servicios en Casa de Abrigo “Trébol de Cuatro Hojas”, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-1433- E-MUNILUJAN-INT:

PERSONAL DE SERVICIO – CLASE VII DE 48 HORAS SEMANALES.

  • DOMINGUEZ, Georgina Daniela, legajo n° 7342

Artículo 9°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a los agentes municipales de planta temporaria que a continuación se detallan y que prestan servicios en el CAI San Fermín, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-1433-E-MUNILUJANINT:

PERSONAL DOCENTE – MAESTRO DE CICLO INICIAL

  • GUTIERREZ, Marina, legajo n° 6941.
  • PRIETO, Nadia Antonella, legajo n° 7344.

Artículo 10°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a la agente municipal de planta temporaria que a continuación se detalla y que presta servicios en la Subdirección de Discapacidad, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-1433-EMUNILUJAN-INT:

PERSONAL ADMINISTRATIVO – CLASE V DE 40 HORAS SEMANALES

  • VAZQUEZ, Silvia Noemí, legajo n°

Artículo 11°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a la agente municipal de planta temporaria que a continuación se detalla y que presta servicios en la Dirección de Niñez, Adolescencia y Juventudes, programa “Responsabilidad Compartida Envión” - dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-1433-E-MUNILUJAN-INT:

PERSONAL ADMINISTRATIVO – CLASE V DE 30 HORAS SEMANALES

  • TORRES, Natalia Guadalupe, legajo n° 7493

Artículo 12°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR FUNCION correspondiente al 10% del sueldo básico de BOGETTI, Gonzalo Gabriel, legajo n° 7271, contemplada en el artículo 35° de la Ordenanza 7492, a partir del 1° de enero de 2020.-

Artículo 13°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 8% del sueldo básico de BOGETTI, Gonzalo Gabriel, legajo n° 7271, contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, a partir del 1° de enero de 2020.-

Artículo 14°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 8% del sueldo básico de ORQUEIDA, Nicolás, legajo n° 7466, contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, a partir del 1° de febrero de 2021.-

Artículo 15°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 15% del sueldo básico contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, a la agente BRANCATTO, Malvina Soledad, legajo n° 4442, a partir del 1° de marzo de 2021.-

Artículo 16°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 15% del sueldo básico contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, a la agente GALLO, María Cecilia, legajo n° 7553, a partir del 1° de junio de 2021.-

Artículo 17°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 20% del sueldo básico contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, a la agente INZAUGARAT, María Cecilia, legajo n° 7355, a partir del 1° de marzo de 2020.-

Artículo 18°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR DISPOSICION PERMANENTE correspondiente al 50% del sueldo básico contemplada en el artículo 20° de la Ordenanza 7492, a la agente INZAUGARAT, María Cecilia, legajo n° 7355, a partir del 1° de julio de 2020.-

Artículo 19°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 20% del sueldo básico contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, a la agente CASTRO, Guadalupe, legajo n° 7503, a partir del 1° de abril de 2021.-

Artículo 20°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR DISPOSICION PERMANENTE correspondiente al 40% del sueldo básico contemplada en el artículo 20° de la Ordenanza 7492, a la agente CEYBA, Yamila Cecilia, legajo n° 7528, a partir del 1° de mayo de 2022.-

Artículo 21°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 20% del sueldo básico contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, a la agente REMENTERIA, Marina, legajo n° 5184, a partir del 1° de abril de 2021.-

Artículo 22°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 20% del sueldo básico contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, al agente TRIPOLI, Sebastián, legajo n° 7527, a partir del 1° de abril de 2021.-

Artículo 23°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 8% del sueldo básico contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, a la agente VAZQUEZ, Silvia Noemí, legajo n° 7367, a partir del 1° de mayo de 2020.-

Artículo 24°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 15% del sueldo básico contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, a la agente DOMINGUEZ, Georgina Daniela, legajo n° 7342, a partir del 1° de febrero de 2020.-

Artículo 25°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 15% del sueldo básico contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, a la agente TORRES, Natalia Guadalupe, legajo n° 7493, a partir del 1° de marzo de 2021.-

Artículo 26°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1°,12°, 13° y 14° será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

25.- Secretaría de Desarrollo Humano.

01.- Ejecución de Desarrollo Humano.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

01.- Retribuciones del Cargo.

Artículo 27°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2°, 15°, 16° 17° y 18° será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

25.- Secretaría de Desarrollo Humano.

49.- Géneros y Diversidades.

01.- Asistencia a Personas Víctimas de Violencia de Género.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

01.- Retribuciones del Cargo.

Artículo 28°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

25.- Secretaría de Desarrollo Humano.

49.- Géneros y Diversidades.

01.- Asistencia a Personas Víctimas de Violencia de Género.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

Artículo 29°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

25.- Secretaría de Desarrollo Humano.

45.- Protección y Promoción de la Niñez, Adolescencia y Familia.

03.- C.A.I. Open Door.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

Artículo 30°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5° y 19°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

25.- Secretaría de Desarrollo Humano.

45.01- Protección y Promoción de la Niñez, Adolescencia y Familia.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

01.- Retribuciones del Cargo.

Artículo 31°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6°, 20°, 21° y 22° será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

25.- Secretaría de Desarrollo Humano.

43.01.- Abordaje Territorial.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

01.- Retribuciones del Cargo.

Artículo 32°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

25.- Secretaría de Desarrollo Humano.

43.01.- Abordaje Territorial.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

Artículo 33°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8° y 24°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

25.- Secretaría de Desarrollo Humano.

45.- Protección y Promoción de la Niñez, Adolescencia y Familia.

07.- Casa de Abrigo. 110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

01.- Retribuciones del Cargo.

Artículo 34°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

25.- Secretaría de Desarrollo Humano.

45.- Protección y Promoción de la Niñez, Adolescencia y Familia.

02.- C.A.I. San Fermín.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente

Artículo 35°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 10° y 23°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

25.- Secretaría de Desarrollo Humano.

46.- Integración de Personas con Discapacidad.

01.- Programas de Políticas de Inclusión de Personas con Discapacidad.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

01.- Retribuciones del Cargo.

Artículo 36°.- el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 11° y 25°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

25.- Secretaría de Desarrollo Humano.

45.- Protección y Promoción de la Niñez, Adolescencia y Familia.

08.- Programa Envión.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

01.- Retribuciones del Cargo

Artículo 37° -Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-