Boletines/Lujan

Decreto Nº2686

Decreto Nº 2686

Lujan, 16/12/2022

Pase a planta permanente agentes de la Secretaría General de la Intendencia

Visto

el Expediente EX-2022-00043099-MUNILUJAN-DRH#SGPC, por el que se tramita el pase a planta permanente de personal Municipal de planta temporaria que dependen de Conducción Superior; y

Considerando

Que la Ley N°14.656 regula la relación laboral del empleo público municipal, junto con las Ordenanzas y acuerdos colectivos suscriptos en esa materia.

Que el cuerpo legal mencionado ut supra, establece los requisitos de ingreso e incompatibilidades para el empleo público municipal.

Que a los fines de garantizar la estabilidad en el empleo público municipal, el Director de Recursos Humanos eleva a la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana la nómina de agentes de planta temporaria que se hallan en condiciones de incorporarse a la planta permanente.

Que en efecto, los agentes de la nómina cuentan con una antigüedad mayor a un año, sin existir sanciones disciplinarias en los términos de la Ley N°14.656 a fin de ingresar a la planta permanente de este Municipio, conforme lo informado por la Dirección de Recursos Humanos.

Que la nómina de agentes que dependen de la Secretaría General de la Intendencia, se vincula a las presentes como informe gráfico identificado como IF-2022-00171434-MUNILUJAN-DRH#SGPC, obrante en orden 15.

Que en orden 22, toma vista y presta conformidad la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana, remitiendo las actuaciones a la Secretaría de Jefatura de Gabinete.

Que a los mismos fines del considerando anterior, la Secretaría de Jefatura de Gabinete toma vista y conocimiento en orden 26.

Que en orden 34, mediante providencia n° PV-2022-00178108-MUNILUJAN-SEF, la Secretaría de Economía y Finanzas, toma vista y ordena que se informe la imputación presupuestaria del gasto.

Que la misma es informada por la Contaduría Municipal en orden 36, vinculada a las presentes como PV2022-00178874-SEF. Que corresponde incorporar a los agentes detallados en el anexo identificado como IF-2022-00171434- MUNILUJAN-DRH#SGPC, a la planta permanente, a partir del 1° de diciembre de 2022, manteniendo las bonificaciones detalladas en el mismo.

Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el art. 107° y concordantes del Decreto Ley N° 6769/58 y artículo 66° de la Ley N° 14.656.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a los agentes municipales de planta temporaria que a continuación se detallan y que prestan servicios en la Dirección de Comunicaciones dependiente de la Secretaría General de la Intendencia, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-349-EMUNILUJAN-INT:

PERSONAL TECNICO– CLASE VII DE 40 HORAS SEMANALES

  • CAMPOS, Javier Alejandro, legajo n° 7379.
  • CATTANEO, Manuela, legajo n° 7360

PERSONAL ADMINISTRATIVO CLASE V DE 40 HORAS SEMANALES

  • MOYANO, María Eugenia, legajo n° 3840

Artículo 2°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a la agente municipal de planta temporaria María Alicia FRANZON, legajo n° 7460, que presta servicios en la Secretaría General de la Intendencia, como personal de servicio – clase VII de 48 horas semanales, dependiente de Conducción Superior, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-349-E-MUNILUJAN-INT.

Artículo 3°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, al agente municipal de planta temporaria SAMARRO, Eduardo Horacio, legajo n° 7525, que presta servicios en la Secretaría Privada, como personal de servicio – clase VII de 48 horas semanales, dependiente de la Secretaría General de la Intendencia, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-349-E-MUNILUJAN-INT.

Artículo 4°.-Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR DISPOSICION PERMANENTE correspondiente al 25% del sueldo básico que percibe el agente CAMPOS, Javier Alejandro, legajo n° 7379, contemplada en el artículo 20° de la Ordenanza 7492, a partir del 1° de marzo de 2022.-

Artículo 5°.-Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 15% del sueldo básico que percibe el agente CAMPOS, Javier Alejandro, legajo n° 7379, contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, a partir del 1° de abril de 2021.-

Artículo 6°.-Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 15% del sueldo básico que percibe la agente CATTANEO, Manuela, legajo n° 7360, contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, a partir del 1° de enero de 2021.-

Artículo 7°.-Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO correspondiente al 8% del sueldo básico que percibe la agente MOYANO, María Eugenia, legajo n° 3840, contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, a partir del 1° de enero de 2021.-

Artículo 8°.-Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR DISPOSICION PERMANENTE correspondiente al 50% del sueldo básico que percibe el agente SAMARRO, Eduardo Horacio, legajo n° 7525, contemplada en el artículo 20° de la Ordenanza 7492, a partir del 1° de agosto de 2022.-

Artículo 9°.-Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR CONDUCTOR correspondiente al 8% del sueldo básico que percibe el agente SAMARRO, Eduardo Horacio, legajo n° 7525, contemplada en el artículo 22° de la Ordenanza 7492, a partir del 1° de abril de 2021.-

Artículo 10°.-El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 1°, 4°, 5° ,6° y 7° será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

01.- Conducción Superior.

51.01.- Comunicación con la Comunidad.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

01.- Retribuciones del Cargo.

Artículo 11°.-El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 2° será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

01.- Conducción Superior.

01.- Conducción Superior.

01.- Formulación y Políticas Estratégicas.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

Artículo 12°.-El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3°, 8° y 9°será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

01.- Conducción Superior.

01.- Conducción Superior.

01.- Formulación y Políticas Estratégicas.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

01.- Retribuciones del cargo.

Artículo 13°.-Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-