Boletines/Lujan

Decreto Nº2685

Decreto Nº 2685

Lujan, 16/12/2022

Pase a planta permanente agentes de la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana

Visto

el Expediente EX-2022-00043099-MUNILUJAN-DRH#SGPC, por el que se tramita el pase a planta permanente de personal municipal de planta temporaria que dependen de la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana; y,

Considerando

Que la Ley N°14.656 regula la relación laboral del empleo público municipal, junto con las Ordenanzas y acuerdos colectivos suscriptos en esa materia. Que el cuerpo legal mencionado ut supra, establece los requisitos de ingreso e incompatibilidades para el empleo público municipal.

Que a los fines de garantizar la estabilidad en el empleo público municipal, el Director de Recursos Humanos eleva a la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana la nómina de agentes de planta temporaria que se hallan en condiciones de incorporarse a la planta permanente.

Que en efecto, los agentes de la nómina cuentan con una antigüedad mayor a un año, sin existir sanciones disciplinarias en los términos de la Ley N°14.656 a fin de ingresar a la planta permanente de este Municipio, conforme lo informado por la Dirección de Recursos Humanos.

Que la nómina de agentes que dependen de la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana, se vincula a las presentes como informe gráfico identificado como IF-2022-00171439-MUNILUJAN-DRH#SGPC, obrante en orden 18.

Que en orden 22, toma vista y presta conformidad la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana, remitiendo las actuaciones a la Secretaría de Jefatura de Gabinete.

Que a los mismos fines del considerando anterior, la Secretaría de Jefatura de Gabinete toma vista y conocimiento en orden 26.

Que en orden 34, mediante providencia n° PV-2022-00178108-MUNILUJAN-SEF, la Secretaría de Economía y Finanzas, toma vista y ordena que se informe la imputación presupuestaria del gasto.

Que la misma es informada por la Contaduría Municipal en orden 36, vinculada a las presentes como PV2022-00178874-SEF.

Que corresponde incorporar a los agentes detallados en el anexo identificado como IF-2022-00171439- MUNILUJAN-DRH#SGPC, a la planta permanente, a partir del 1° de diciembre de 2022, manteniendo las bonificaciones detalladas en el mismo.

Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el art. 107° y concordantes con el Decreto Ley N° 6769/58 y artículo 66° de la Ley N° 14.656.

Por ello;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, a los agentes municipales de planta temporaria que a continuación se detallan y que prestan servicios en la Delegación de Jáuregui, Pueblo Nuevo y Cortínez, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-584-E-MUNILUJAN-INT:

PERSONAL DE SERVICIO – CLASE VII DE 48 HORAS SEMANALES

  • CARABONE MAURO LUIS, legajo n° 7470

PERSONAL OBRERO – CLASE VII DE 48 HORAS SEMANALES:

  • MAGALLAN ALFREDO JESUS, legajo n° 7354

Artículo 2°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, al agente municipal de planta temporaria que a continuación se detalla y que presta servicios en la Delegación de Open Door, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-584-EMUNILUJAN-INT:

PERSONAL ADMINISTRATIVO – CLASE V DE 40 HORAS SEMANALES:

  • COGO ALBERTO HORACIO, legajo n° 7368

Artículo 3°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, al agente municipal de planta temporaria que a continuación se detalla y que presta servicios en la Oficina de Defensa al Consumidor, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022- 584-E-MUNILUJAN-INT:

PERSONAL ADMINISTRATIVO – CLASE V DE 40 HORAS SEMANALES

  • PEDOTTI FEDERICO ADRIAN, legajo n°4880

e por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-584-E-MUNILUJAN-INT:

PERSONAL PROFESIONAL DE CARRERA HOSPITALARIA - MEDICO ASISTENTE DE 36 HORAS SEMANALES

  • BARRAGAN HORACIO PABLO, legajo n° 7463

Artículo 5°.- Incorpórese a la planta permanente, a partir del 01 de diciembre de 2022, al agentes municipal de planta temporaria que a continuación se detalla y que presta servicios en la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana, dándose por concluida al 30 de noviembre de 2022 su designación en planta temporaria, dispuesta por Decreto N° DECTO-2022-1106-E-MUNILUJAN-INT:

PERSONAL PROFESIONAL – CLASE II DE 30 HORAS SEMANALES

  • PIAGGIO, Ricardo Rubén María, legajo n° 4767

Artículo 6°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TAREAS PENOSAS, RIESGOSAS Y/O INSALUBRES, contemplada en el artículo 31° de la Ordenanza 7492, al agente CARABONE MAURO LUIS, legajo n° 7470, a partir del 1° de noviembre de 2021.-

Artículo 7°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR DISPOSICIÓN PERMANENTE, correspondiente al 20%, contemplada en el artículo 20° de la Ordenanza 7492, al agente MAGALLAN ALFREDO JESUS, legajo n° 7354, a partir del 1° de Mayo de 2022.-

Artículo 8°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR CONDUCTOR, contemplada en el artículo 22° de la Ordenanza 7492 correspondiente al 10% del sueldo básico del agente MAGALLAN ALFREDO JESUS, legajo n° 7354, a partir del 1° de Mayo de 2022,

Artículo 9°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TAREAS PENOSAS, RIESGOSAS Y/O INSALUBRES, contemplada en el artículo 31° de la Ordenanza 7492, al agente MAGALLAN ALFREDO JESUS, legajo n° 7354, a partir del 1° de Mayo de 2022.

Artículo 10°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO, contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, correspondiente al 8% del sueldo básico del agente COGO, Alberto Horacio, legajo n°7368, a partir del 1° de enero de 2021.

Artículo 11°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO, contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, correspondiente al 8% del sueldo básico del agente PEDOTTI FEDERICO ADRIAN, legajo n°4880, a partir del 1° de junio de 2021.

Artículo 12°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR FUNCION, contemplada en el artículo 35° de la Ordenanza 7492, correspondiente al 10% del sueldo básico del agente PEDOTTI FEDERICO ADRIAN, legajo n°4880, a partir del 1° de agosto de 2022.

Artículo 13°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR TITULO, contemplada en el artículo 26° de la Ordenanza 7492, correspondiente al 15% del sueldo básico del agente PIAGGIO, Ricardo Rubén María, legajo n° 4767, a partir del 1° de enero de 2020.

Artículo 14°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACION POR DISPOSICION PERMANENTE, contemplada en el artículo 20° de la Ordenanza 7492, correspondiente al 50% del sueldo básico del agente PIAGGIO, Ricardo Rubén María, legajo n° 4767, a partir del 1° de febrero de 2020.

Artículo 15°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1°, 6°, 7°, 8° y 9° será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

27.- Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.

01- Formulación y Conducción de Políticas de Gobierno y Participación Ciudadana.

05.- Delegación Municipal de Jáuregui, Pueblo Nuevo y Cortinez.

110.- Tesoro Municipal. 01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

01.- Retribuciones del Cargo.

Artículo 16°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 2° y 10°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

27.- Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.

01- Formulación y Conducción de Políticas de Gobierno y Participación Ciudadana.

04.- Delegación Municipal de Open Door.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

01.- Retribuciones del Cargo.

Artículo 17°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 3°, 11° y 12°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

27.- Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.

01- Formulación y Conducción de Políticas de Gobierno y Participación Ciudadana.

03.- Defensa del Consumidor.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

01.- Retribuciones del Cargo.

Artículo 18°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4°, será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

27.- Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.

01.01- Formulación y Conducción de Políticas de Gobierno y Participación Ciudadana.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

Artículo 19°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 5°, 13° y 14° será imputado a la siguiente partida del presupuesto de gastos vigente:

27.- Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.

01.01- Formulación y Conducción de Políticas de Gobierno y Participación Ciudadana.

110.- Tesoro Municipal.

01.- Gastos de Personal.

01.- Personal Permanente.

01.- Retribuciones del cargo.

Artículo 20°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-