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Decreto Nº2584

Decreto Nº 2584

Lujan, 01/12/2022

EX-2022-00168423-MUNILUJAN-SCT- Declarar de Interés Cultural, Turístico y Municipal el evento “Feria de Navidad”

Visto

las actuaciones tramitadas mediante expediente municipal EX-2022-00168423-MUNILUJAN-SCT en referencia al evento “Feria de Navidad”, organizado por la Feria Franca de Luján y;

Considerando

Que el día 3 de diciembre de 2022 la Feria Franca de Luján organiza la “Feria de Navidad” en el Parque San Martín, a partir de las 09:00 y hasta las 21:00 hs., con la participación y organización de la Asociación de Food Trucks, las Ferias de Economía Popular, la Red de Ferias del Noroeste de la Pcia. De Buenos Aires y ferias locales invitadas.

Que en el mencionado evento los vecinos y turistas de nuestra ciudad podrán acceder a productos directos de la zona de producción, a precios accesibles.

Que ante la importancia de dicho acontecimiento se considera que el mismo reviste interés municipal.

Que en orden 10 la Contaduría Municipal informa la imputación presupuestaria. Que mediante nota (NO-2022-00168678-MUNILUJAN-SCT) se ha informado y ha tomado conocimiento la Secretaría de Protección Ciudadana para la realización del corte de la calle Colón, entre Dr. Real y Av. Carlos Pellegrini.

Que corresponde dictar el presente acto administrativo por las razones fundadas precedentemente, todo ello bajo la exclusiva responsabilidad primaria de la Secretaria, Subsecretaria y/o Dirección impulsora de la sustanciación del procedimiento, como así también respecto del contenido y su redacción, conforme la Circular NºNO-2022-00041149-MUNILUJAN-SGPC.

Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º y concordantes del Decreto Ley N° 6.769/58.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1º.- Declárase de Interés Cultural, Turístico y Municipal el evento “Feria de Navidad”, organizado por la Feria Franca de Luján, el día 3 de diciembre de 2022 en el Parque San Martín, a partir de las 09:00 y hasta las 21:00 hs.

Artículo 2°.- El gasto que demande lo dispuesto en el artículo 1° será imputado de la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigentes:

28.- Secretaría de Culturas y Turismo.

01.- Formulación y Ejecución de Políticas de Culturas y Turismo.

110.- Tesoro Municipal. 3.5.9.0.- Servicios Comerciales y Financieros. Otros.

3.5.4.0.- Primas y gastos de Seguro.

3.2.9.0.- Alquileres y Derechos. Otros.

Artículo 3°.- Autorízase a las áreas de competencia a disponer del corte de la calle Colón, entre Dr. Real y Av. Carlos Pellegrini, a los fines dispuestos en el artículo 1°.

Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, tome conocimiento quienes corresponda, publíquese y archívese.