Boletines/Bolivar
Decreto Nº 312
Bolivar, 07/03/2024
Visto
El Expediente N° 4013-120/24, mediante el cual se propicia el llamado a Licitación Privada N° 10/2024, para la adquisición de ALIMENTOS, y;
Considerando
Que por Decreto Nº 190, de fecha 23 de febrero de 2024, se aprobó el llamado a Licitación Privada N° 10/2024, para la adquisición de alimentos, con un presupuesto oficial de pesos veinticuatro millones cuatrocientos ochenta y seis mil con 00/100 ($24.486.000,00);
Que se han cursado seis (6) invitaciones a proveedores del ramo inscriptos en el Registro de Proveedores, de conformidad a lo establecido en los artículos N° 153 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y 189 del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades, a las firmas: ALBANESSE CARLOS MAURICIO, ACTUAL ALIMENTOS BOLIVAR S.R.L., COOPERATIVA OBRERA LIMITADA DE CONSUMO Y VIVIENDA, CALDERON CARLOS ALBERTO, VARSOVIA S.R.L. y AUTOSERVICIO MAYORISTA DIARCO S.A.;
Que se recibieron tres (3) ofertas válidas de los proveedores: VARSOVIA S.R.L., CALDERON CARLOS ALBERTO y ACTUAL ALIMENTOS BOLIVAR S.R.L., según surge del Acta de Apertura del día 6 de marzo de 2024;
Que analizadas las ofertas elevadas a tal efecto y teniendo en cuenta el informe emanado de la Oficina de Compras, es conveniente adjudicar cada uno de los ítems por separado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo N° 154 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Apruébese la Licitación Privada Nº 10/2024, llevada a cabo el día 06 de marzo de 2024, para la Adquisición de ALIMENTOS.
Artículo 2°: Declárense admisibles las propuestas presentadas por los proveedores: VARSOVIA S.R.L., CALDERON CARLOS ALBERTO y ACTUAL ALIMENTOS BOLIVAR S.R.L., por ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.
Artículo 3º: Adjudicar a la firma ACTUAL ALIMENTOS BOLIVAR S.R.L., por la suma de pesos tres millones ciento setenta y nueve mil setecientos treinta y cinco con 00/100 ($3.179.735,00), los siguientes ítems:
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Cantidad |
Descripción |
Importe unitario |
Importe Total |
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2.650
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YERBA MATE – YERBA X 500 GRS CHAMIGO |
$1.199,90 |
$3.179.735,00 |
Artículo 4º: Adjudicar a la firma CALDERON CARLOS ALBERTO, por la suma de pesos quince millones seiscientos veinticuatro mil cuatrocientos con 00/100 ($15.624.400,00), los siguientes ítems:
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Cantidad |
Descripción |
Importe unitario |
Importe Total |
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2650 |
AZUCAR – AZUCAR X 1 KG - ANCASTE |
$755,00 |
$2.000.750,00
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2650 |
HARINA DE TRIGO – HARINA DE TRIGO COMUN X 1 KG – SARITA
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$499,00 |
$1.322.350,00
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2.650
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ARROZ – ARROZ X KG – PRIMOR |
$1.250,00 |
$3.312.500,00 |
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2.650 |
MERMELADA – MERMELADA POTE X 400 GRS – EMETH
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$740,00 |
$1.961.000,00 |
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2.650 |
FIDEO SECO – FIDEO TALLARIN X 500 GRS – LIVORNIO
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$509,00 |
$1.348.850,00 |
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2.650 |
ACEITE COMESTIBLE – ACEITE MEZCLA X 900 CC – SIGLO DE ORO
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$1.105,00 |
$2.928.250,00 |
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2.650 |
LENTEJA – LENTEJAS X 340 GRS – DOÑA PUPA |
$559,00 |
$1.481.350,00
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2.650
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TOMATE – PURE DE TOMATE X 350 GRS – LA HUERTA |
$479,00 |
$1.269.350,00 |
Artículo 5º: El gasto que demande el artículo 1° será atendido con cargo a las siguientes partidas: Jurisdicción: 1110114000 – Secretaría de Desarrollo de la Comunidad – Programa 52 – Programa de acompañamiento en situaciones de emergencia – Fuente de Financiamiento 133 – de Origen Nacional.-
Artículo 6º: Notifíquese al adjudicatario y a los restantes oferentes, con arreglo a lo normado en la Ordenanza General N° 267/80.
Artículo 7º: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 8°: El presente decreto será refrendado el Secretario de Desarrollo de la Comunidad.
Artículo 9º: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.