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Decreto Nº301

Decreto Nº 301

Bolivar, 04/03/2024

Visto

La nota presentada por la Directora de Asuntos Judiciales de la Municipalidad de Bolívar, y;

Considerando

Que mediante Decreto 1773-23, se autorizó el monto a abonar por sentencia condenatoria, en la causa: “PORTA DIEGO ADRIÁN C/ MUNICIPALIDAD DE BOLIVAR S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - OTROS JUICIOS”, Expte. Nº 19966/2021, en trámite por ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de la Ciudad de Azul;

Que asimismo se procedió a la regulación de honorarios del letrado de la parte actora, en Primera Instancia, en la suma equivalente a 30 (treinta) jus con más la adición de ley del 10% confr. arts. 12 inc. "a" y 14 Ley 8455 y la alícuota del IVA (21%), atento el carácter de inscripción que registra el mencionado ante la AFIP, abonándose dichos honorarios mediante Decreto N° 1836, de fecha 13 de septiembre de 2023;

Que con fecha 22 de febrero de 2024, la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata resuelve regular los honorarios del Letrado Patrocinante de la parte actora, por los trabajos realizados en Alzada, en nueve JUS ARANCELARIOS, más aportes de Ley e IVA;              

Que por tal motivo se solicita la liberación de la suma TOTAL de PESOS DOSCIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 34/100 ($ 230.447,34), en concepto de honorarios ($ 175.914,00) aportes de ley ($17.591,40) e I.V.A ($36.941,94), a efectos de depositarlos en la cuenta de autos y dar así cumplimiento a lo ordenado por Resolución Judicial;

Que el pago se instrumentará mediante depósito judicial en la cuenta que fuera abierta oportunamente en la Sucursal Tribunales del Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuyo n° de cuenta es 6304-027-0518119/3, CBU N° 0140433727630451811936, a nombre de autos;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1: Autorízase a Contaduría Municipal a abonar la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 34/100 ($ 230.447,34), en concepto de honorarios ($ 175.914,00), aportes de ley ($17.591,40) e I.V.A ($36.941,94), a efectos de depositarlos en la cuenta de autos y dar así cumplimiento a lo ordenado por Resolución Judicial, mediante depósito en la cuenta de la Sucursal Tribunales del Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuyo n° es 6304-027-0518119/3, CBU N° 0140433727630451811936, a nombre de autos.

Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1° será imputado a: Jurisdicción: 1110108000 – Secretaría Legal y Técnica – Programa: 16 – Asesoramiento Legal y Técnico – 01- Asuntos Judiciales, del Presupuesto de gastos vigente.

Artículo 3º: Tomen conocimiento Contaduría y Tesorería a efectos de su fiel cumplimiento.

Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno, según lo determinado por el Decreto N° 2485-23

Artículo 5º: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.