Boletines/Tandil
Ordenanza Nº 18524/2024
Tandil, 25/07/2024
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: El Municipio de Tandil implementará en el marco de la Ley Nacional Nº 26.150, la Ley Provincial Nº 14.744 y la Ley Provincial Nº 13.688, la Educación Sexual Integral en su totalidad en las instituciones educativas y formativas de gestión municipal.
ARTÍCULO 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal desarrollará el "Programa de Educación Sexual Integral" instituido en la Ley Nacional Nº 26.150 y de la Provincia de Buenos Aires Nº 14.744, con personal capacitado dependiente de la Dirección de Educación y Dirección de Políticas de Género y Diversidad Sexual.
ARTÍCULO 3º: La Dirección de Educación y la Dirección de Politicas de Género y Diversidad Sexual, realizarán actividades y campañas informativas sobre la ESI a los fines de concientizar, difundir y dar visibilidad a los lineamientos propuestos por esta ley.
ARTÍCULO 4º: Los gastos que demande la implementación de la presente Ordenanza se encuentran contemplados dentro de los recursos vigentes de las direcciones intervinientes, tal cual estipula el Presupuesto de Gastos y Recursos del año 2024.
ARTÍCULO 5º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTICUATRO.
Registrada bajo el Nº 18524
REF: Asunto Nº 754/2023 Expte. Nº 2024/01581/00
Firma Digital: Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.) - Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)