Boletines/Chascomús
Resolución Nº 178/24
Chascomús, 22/07/2024
Visto
El Expediente Administrativo GDE EX-2024-00024657--CHASCOMUS-DPOP#SG caratulado “SOLICITUD CAMBIO DE CONTRIBUYENTE A NOMBRE DE CRISTALDI CARLOS ALBERTO DEL BIEN INMUEBLE DENOMINADO CIRC.II, Secc. B, CH. 50, MZ 50X, PARCELA 12, PDA. 11110”; y
Considerando
Que se presenta Carlos Alberto Cristaldi, DNI 23.178.226, con domicilio en calle Leandro Alem N° 156 de Chascomús, denunciando el electrónico en adrianafrancese@yahoo.com.ar, solicitando el cambio de contribuyente de las tasas municipales sobre la Partida 11110, del inmueble ubicado en calle Ameghino e/ Castelar y Uruguay, identificado catastralmente como Circ. II, Secc B, Mz 50X, Chacra 50 Parcelas 12, Partida 11110.
Que de los registros municipales consta que la Partida mencionada, posee un convenio de pago al día y que consta como contribuyente Romero Eduardo A.
Que se ha agregado Informe de Dominio en legal forma.
Que el interesado ha presentado Cesión de Derechos y Acciones Posesorias Oneroso realizada por Escritura N° 16 y labrada por el escribano Fernando Alfredo Villagarcía, por la cuál Eduardo Alfredo Romero le transfiere todos los derechos que tiene y le corresponden a Carlos Alberto Cristaldi conforme a la sucesión de Cesión de Boleto de Compraventa realizado en fecha 8/7/2015 y Boleto de compraventa de fecha 19/10/1976 celebrado entre el Martillero Dospital en representación de Juan Domingo Guzmán y Modesto Eduardo Romero (en Comisión).
Que en consecuencia, no se ha procedido a notificar al contribuyente anterior, por cuanto figura a nombre del cedente.
Que conforme surge de lo dispuesto por la Ordenanza Fiscal, resulta contribuyente de las Tasas de Servicios Generales y Servicios Sanitarios el poseedor a título de dueño (conf. Art. 110 y 120), en consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales emitió dictamen en fecha 19/06/2024 y posterior proyecto de Resolución autorizando el cambio de contribuyente peticionado por haberse acreditado prima facie el carácter de poseedor conforme la documentación acompañada.
Que luego, se presenta espontáneamente la Sra. Margarita María Krause de Guzmán adjuntando segundo testimonio de la Escritura N° 410 de fecha 19/12/1974 y solicita el cambio de contribuyente a su favor.
Al respecto y atento la documental oportunamente cotejada, existe un Boleto de Compraventa en el que intervino el Martillero Miguel Dospital de fecha 19/10/1976 a favor de Modesto Eduardo Romero quien lo adquiere en Comisión.
Conforme el Boleto mencionado a partir de dicho instrumento, la compradora debe abonar las tasas e impuestos, entregándose la tenencia precaria hasta el momento de la escrituración.
Sin perjuicio de lo expuesto y atento a que con posterioridad se han realizado distintos instrumentos de transferencia tanto del mencionado Boleto como posterior Escritura de Cesión, no puede desconocerse que los mismos resultan actos posesorios, incluido el cambio de contribuyente a favor de Romero Eduardo A. realizado oportunamente ante la Municipalidad de Chascomús, razón por la cuál no se consideró necesario la notificación a los fines de oposición ya que constaba como contribuyente cedente.
Que mal puede pretender ahora la Sra. Krause de Guzmán solicitar el cambio de contribuyente a su favor, en sede administrativa, por cuanto oportunamente se ha dado estricto cumplimiento con la normativa municipal, sin perjuicio de los derechos que considere necesarios realizar ante la justicia y en cuyo caso el Municipio deberá tomar razón de lo allí resuelto.
Que por lo expuesto, la Asesoría Letrada ha dictaminado que corresponde realizar el cambio de contribuyente a favor de Carlos Alberto Cristaldi.
Por ello, el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Hacer lugar a la solicitud de cambio de contribuyente de las tasas municipales que gravan el inmueble identificado con la Partida Inmobiliaria N°11110 a favor de Carlos Alberto Cristaldi, DNI 23.178.226, con domicilio en calle Leandro Alem N° 156 de Chascomús (conf. Art. 110 y 120 de la Ordenanza Fiscal) y domicilio fiscal electrónico constituido en adrianafrancese@yahoo.com.ar.-
ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Catastro, Dirección de Ingresos Públicos, Dirección de Asuntos Legales y peticionante al domicilio electrónico en adrianafrancese@yahoo.com.ar.-
ARTÍCULO 3°.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-