Boletines/Chascomús

Resolución Nº176/24

Resolución Nº 176/24

Chascomús, 22/07/2024

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2024-00018607- CHASCOMUS-DCEM#SSPU caratulado “GRANADOS, LUIS ENRIQUE S/SOLICITUD DE AUTORIZACION PARA CREMACION Y RETIRO DE CENIZAS; y

Considerando

Que se presenta GRANADOS Luis Enrique, DNI 7.793.636 con domicilio en calle Casalins N° 41, solicitando autorización para proceder a cremar los restos de quien en vida fueran sus padres GRANADOS Luis Enrique (fallecido el 1/07/1980) y MARDONES Juana Urbana (fallecida 24/01/2015) cuyos restos descansan en la Bóveda N° 19 Orden 62 Cuadro C Parte Vieja.

Que mediante nota GRANADOS Víctor Fernando, DNI 10.854.382 autoriza lo peticionado.

Que se adjunta la documentación que acredita los vínculos invocados, manifestando ser únicos herederos y responsabilizándose de lo peticionado.

Que dicho espacio no posee deuda en concepto de tasas municipales asociadas; habiéndose constatado en los registros municipales que consta a nombre de Arrix B. Josefa MARDONES.

.Que la Dirección de Asuntos Legales dictaminó autorizar la solicitud efectuada, procediéndose a la cremación de los restos y posterior retiro de las cenizas, de quien en vida fueran GRANADOS Luis Enrique (fallecido el 1/07/1980) y MARDONES Juana Urbana (fallecida 24/01/2015) que descansan en la Bóveda N° 19 Orden 62 Cuadro C Parte Vieja.

Por ello, el Secretario de Obras, Servicios Públicos y Ambiente (Jorge Marino) en uso de sus atribuciones

RESUELVE

ARTÍCULO 1º.- Autorícese proceder a la cremación de quien en vida fueran sus padres GRANADOS Luis Enrique (fallecido el 1/07/1980) y MARDONES Juana Urbana (fallecida 24/01/2015) cuyos restos descansan en la Bóveda N° 19 Orden 62 Cuadro C Parte Vieja y posterior retiro de las cenizas, debiendo cumplimentarse con el procedimiento correspondiente que será indicado por la Dirección del Cementerio.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Ingresos públicos, Cómputos, Cementerio, y peticionante.-

ARTÍCULO 3°.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y archívese.-