Boletines/Chascomús

Resolución Nº174/24

Resolución Nº 174/24

Chascomús, 19/07/2024

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2024-00006596- -CHASCOMUS-MESA#SG caratulado “ECHARYRE RUBEN. Solicitud de Eximición de Tasas”; y

Considerando

Que se presenta ECHARYRE Rubén DNI 11.392.801, con domicilio en calle Misiones N° 22 solicitando la eximición de Tasas Municipales en relación a la Partida N° 22.745.

Que acompaña Certificado Único de Discapacidad, Copia de DNI, recibos de haberes y Escritura N° Tres Mil Doscientos Noventa y Uno VENTA a favor del peticionante.

Que se agrega al expediente administrativo Informe Socio Ambiental y Económico realizado por la Dirección de Políticas Comunitarias, del cual surge que el peticionante reside en el inmueble junto a su esposa e hijo, propiedad que se encuentra en zona urbana, con servicios de luz, gas, cloacas e internet, que los ingresos del grupo familiar provienen del cobro de su jubilación y la de su esposa, concluyendo el informe que considerando que dichos ingresos superan los montos establecidos por la Ordenanza, se considera denegar la solicitud y sugerir que la familia se adhiera el plan de pago en relación a la deuda que mantienen.

Que el Artículo 79º de la Ordenanza Fiscal Vigente N° 5525/21 establece que: “Podrá eximirse parcialmente o totalmente el pago de Tasa de Servicios Generales, Servicios Sanitarios, Derechos de Cementerio, servicios vinculados a la construcción y Tasa por Servicios de Salud, a las personas discapacitadas titulares de una única propiedad inmobiliaria, escriturada a su nombre o en condominio con el cónyuge, conviviente legalmente acreditado y/o hijos. El inmueble objeto de la exención deberá constituir vivienda única del grupo familiar y deberá existir informe previo de la secretaría competente de la Municipalidad, recomendando la exención por su situación.

Que en consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que no corresponde hacer lugar a lo peticionado, ya que, de acuerdo a la documentación obrante en estas actuaciones, no se cumplimentan con los requisitos establecidos en la normativa vigente para el otorgamiento del beneficio solicitado (art. 79 de la Ordenanza Fiscal (5525/2021).

Por ello, el Secretario de Hacienda en uso de sus atribuciones

RESUELVE

ARTÍCULO 1º.- Rechazar la solicitud de eximición de Tasas Municipales en relación a la Partida N° 22.745 solicitada por ECHARYRE Rubén DNI 11.392.801 de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Ingresos Públicos y al solicitante con domicilio en calle Misiones N° 22 de ésta ciudad.-

ARTÍCULO 3°.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y archívese.-