Boletines/Chascomús

Resolución Nº170/24

Resolución Nº 170/24

Chascomús, 16/07/2024

Visto

La Ordenanza Impositiva vigente y el Decreto Nº 597/24; y

Considerando

Que el artículo 51º de la Ordenanza referida establece que “El valor a abonar por las siguientes tasas será calculado en función del Valor del Módulo del Sueldo básico del Empleado Municipal, Categoría Ingresante 35 hs…”

Que a continuación enumera los tributos cuyo valor se fija en base a módulos, indicándose que “El valor del módulo será el 1% del Sueldo del Empleado Municipal Categoría Mínima vigente para el mes anterior al del vencimiento de cada cuota.”

Que, a través del Decreto Nº 597/2024, se estableció una nueva escala salarial para lo que resta del ejercicio 2024.

Que, según el Anexo I, que es parte integrante del referido acto administrativo, el haber del “Ingresante c1” de 35 hs. es de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA Y TRES MIL CON 07/100 ($ 252.143,07) a partir del mes de julio de 2024, modificándose a la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 53/100 ($ 289.964,53) en el mes de septiembre de 2024.

Que, por lo tanto, el valor del módulo, esto es el 1% del valor del sueldo antes referido, deberá establecerse en la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS VEINTIUNO CON 42/100 ($ 2.521,42) y de PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 64/100 ($ 2.899,64) a partir del día primero de los meses siguientes a los referidos en el párrafo anterior, respectivamente.

Por ello, el Secretario de Hacienda, en uso de sus atribuciones

RESUELVE

ARTÍCULO 1º.- Actualícese el valor del módulo municipal de acuerdo a lo establecido en el artículo 51º de la Ordenanza Impositiva vigente.-

ARTICULO 2°.- El valor del módulo municipal se fija en una suma equivalente al uno por ciento (1%) del sueldo del empleado municipal categoría mínima, “Ingresante c1 de 35 hs”, establecido en el Anexo I del Decreto 597/24.-

ARTICULO 3°.- El valor fijado en el artículo 2º será el que se indica a continuación y tendrá vigencia para las cuotas y anticipos de tributos municipales o cualquier otra obligación que esté determinada en módulos, cuyo vencimiento o exigibilidad opere a partir de la fecha consignada:

Fecha desde                          Valor módulo ($)

    Actual                                         2.192,54

01/08/2024                                     2.521,42

 01/10/2024                                    2.899,64

ARTICULO 4°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Gobierno, Secretaría de Seguridad, Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Ambiente, Secretaría de Salud Pública, Secretaría de Desarrollo Turístico Productivo y Cultural, Secretaría de Recursos Humanos, Hospital Municipal “San Vicente de Paúl”, Dirección de Ingresos Públicos, Dirección de Asuntos Legales, Dirección de Modernización, Oficina de Compras, Oficina de Guías, Oficina de Licencias de Conducir, Juzgado de Faltas, Dirección de Defensa Civil, Bromatología, Habilitaciones y Catastro.-

ARTÍCULO 5°.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y  archívese.-