Boletines/Chascomús
Resolución Nº 162/24
Chascomús, 12/07/2024
Visto
El Expediente Administrativo GDE EX-2024-00026526-CHASCOMUS-DCEM#SSPU caratulado “OLIVERA JUAN ANGEL S/ SOLICITUD DE AUTORIZACION PARA CREMACION Y RETIRO DE CENIZAS”, y
Considerando
Que se presenta Juan Ángel OLIVERA, DNI 17.919.907, con domicilio en calle Alvear N°1433 de Chascomús, quien solicita autorización para proceder a cremar los restos de quien fuera su madre Lucía María de Lujan ROGEL (fallecida el 26/05/1987) que descansan el Nicho C-AP-1-157-2866 y retirar las cenizas, dejando el espacio a disposición municipal.
Que en el orden 04 del Expediente Administrativo GDE se encuentra agregado el informe de Libre deuda de la cuenta N° 2000002866-0 que consta a nombre de Juan Ángel OLIVERA (padre fallecido), en la que se encuentra inhumada ROGEL DE OLIVERA Lucía (fallecida el 26/05/1987), quien resulta madre del solicitante.
Que en el orden 02 y 05 se encuentran agregados los certificados que acreditan la legitimidad del peticionante, quien manifiesta ser único hijo.
Que la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que corresponde autorizar la cremación solicitada y retiro de cenizas dejando el espacio a disposición municipal.
Por ello, el Secretario de Obras, Servicios Públicos y Ambiente (Jorge Marino) en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Autorícese a Juan Ángel OLIVERA, DNI 17.919.907, con domicilio en calle Alvear N° 1433 de Chascomús a proceder a la cremación de los restos de quien en vida fuera su madre Lucía María de Luján ROGEL (fallecida el 26/05/1987) y retiro de sus cenizas, dejando el espacio a disposición municipal.-
ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Ingresos Públicos, Cementerio y a la peticionante en calle Alvear Nº 1433.-
ARTÍCULO 3°.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-