Boletines/Chascomús

Resolución Nº160/24

Resolución Nº 160/24

Chascomús, 12/07/2024

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2024-00026204- CHASCOMUS-DCEM#SSPU, caratulado CREMACION DE LOS RESTOS DE QUIEN EN VIDA FUERA BALLESTER, RAQUEL ZULMA”; y

Considerando

Que se presenta Cruel y Bari Diego Hernán DNI 20.200.899, con domicilio en calle Córdoba 38 Depto. 1 de Chascomús, solicitando autorización para proceder a cremar y retirar las cenizas de quien en vida fuera su tia materna BALLESTER Raquel Zulema, fallecida el 5/02/2023, cuyos restos descansan en el Nicho 508-2114-5-2 AMP, del cual resulta responsable el solicitante y ha decidido dejar el espacio a disposición de la Municipalidad.

Que en el orden 2 del expediente, presta conformidad para la cremación y posterior retiro de las cenizas de quien en vida fuera su tía materna Cruel y Bari Sandra Beatriz, DNI 21.475.625.

Que se ha constatado según registros municipales, que el espacio no posee deuda al presente (Ver orden 6).

Que en el orden 3 se acompaña oficio judicial del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nro. 38 en el marco de la causa N° 72089/2023 por medio de la cual se autoriza la cremación y la entrega de cenizas de quien en vida fuera Ballester Raquel Zulema, a Diego H. Cruel y Bari.

Por ello, el Secretario de Obras, Servicios Públicos y Ambiente (Jorge Marino) en uso de sus atribuciones

RESUELVE

ARTÍCULO 1º.- Autorícese la cremación de los restos de quien en vida fuera  BALLESTER Raquel Zulema (fallecida el 5/02/2023), cuyos restos descansan en el Nicho 508-2114-5-2 AMP, quedando el espacio a disposición de la Municipalidad, debiendo cumplimentarse con el procedimiento correspondiente que será indicado por la Dirección del Cementerio.-

ARTICULO 2°.- Autorícese el retiro de las cenizas de quien en vida fuera BALLESTE Raquel del Cementerio Municipal a Cruel y Bari Diego Hernán, DNI 20.200.899.-

ARTICULO 3°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Ingresos Públicos, Cementerio y al peticionante al correo electrónico mariela-ms@hotmail.com.-

ARTÍCULO 4°.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y archívese.-