Boletines/Chascomús

Resolución Nº158/24

Resolución Nº 158/24

Chascomús, 11/07/2024

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2024-00014761-CHASCOMUS-DCEM#SSPU, caratulado “SELVA, SARA VIOLETA S/SOLICITUD DE AUTORIZACION PARA REDUCCION Y TRASLADO DE RESTOS”; y

Considerando

Que mediante nota SELVA Sara Violeta, DNI 12.351.331, con domicilio en calle Colombia N° 146 de Chascomús, solicita autorización para proceder a reducir los restos de quienes en vida fueran sus bisabuelos maternos MELION Pedro (fallecido el 1/2/1921) y POURTALE Catalina (fallecida el 28/10/1915) cuyos restos descansan en el Nicho G-P V-2-323-1473, y posteriormente trasladarlos al Mausoleo C- AMP-239-564 del Cementerio Municipal.

Que al orden 6 del Expediente Administrativo los Sres. MELIÓN Miguel Ángel, DNI 14.483.564, MELIÓN Susana Beatriz DNI 16.542.775 y MELIÓN Rosa Miriam, DNI 17.556.840, hijos del Sr MELIÓN Atilio Bautista, mediante nota autorizan la reducción y el traslado de los restos peticionados, como así también el cambio de titularidad del espacio identificado como Nicho G - P V-2-323-1473 a favor de la Sra. SELVA Sara Violeta.

 Que al orden 3 y 10, se acompañan a las presentes actuaciones documentación acreditando los vínculos invocados, expresando ser únicos herederos.

Que se ha constatado en los registros municipales que el espacio mencionado no posee deuda en concepto de tasas municipales asociadas.

Por ello, el Secretario de Obras, Servicios Públicos y Ambiente (Jorge Marino) en uso de sus atribuciones

RESUELVE

ARTÍCULO 1º.- Autorícese la reducción de los restos de quien en vida fueran MELION Pedro (fallecido el 1/2/1921) y POURTALE Catalina (fallecida el 28/10/1915) cuyos restos descansan en el Nicho G-P V-2-323-1473, y posteriormente su traslado al Mausoleo C- AMP-239-564 del Cementerio Municipal, debiendo cumplimentarse con el procedimiento correspondiente que será indicado por la Dirección del Cementerio.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos, Cementerio, y peticionante.-

ARTÍCULO 3°.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y archívese.-