Boletines/Chascomús

Resolución Nº151/24

Resolución Nº 151/24

Chascomús, 01/07/2024

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2024-00025204-CHASCOMUS-DCEM#SSPU, caratulado “ITURRI, MARTA ESTER S/SOLICITUD DE AUTORIZACION PARA CAMBIO DE TITULARIDAD”; y

Considerando

Que, se presenta Marta Ester ITURRI, DNI 5.096.897, con domicilio en la calle Estados Unidos N° 115 de Chascomús, quien manifiesta ser única hija de ITURRI Pedro Fortunato y de ALDECOA DI PAOLO Angélica (ambos fallecidos), solicitando autorización para hacer el cambio de titularidad del espacio identificado como Bóveda 40 -122-Cuadro E- Parte Vieja, propiedad de la familia, identificado con la Cuenta N° 4000000122-0, cuyo titular consta a nombre de ALDECOA DI PAOLO e ITURRI, padres de la peticionante, quedando ella como única responsable del espacio, el cual se encuentra vacío.

Que al orden 4 y 7 del citado expediente se adjunta una nota en la cual la solicitante manifiesta ser única heredera, y otra nota de aceptación de derechos y de responsabilidad de la Bóveda referida, por parte de PIZARRO Marcela Albertina, DNI 17.567.479.

Que al orden 8 y 9 se adjunta Certificado de Nacimiento de la peticionante como así también Certificado de Defunción de sus padres.

Que se ha constatado según registros municipales, que el espacio no posee deuda al presente (Ver orden 3).

Que, habiéndose acreditado los vínculos invocados, concedida la autorización pertinente y presentado la documentación requerida por la Ordenanza 1161 y modificatorias, la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que podrá autorizarse la solicitud efectuada.

Por ello, el Secretario de Obras, Servicios Públicos y Ambiente (Jorge Marino) en uso de sus atribuciones

RESUELVE

ARTÍCULO 1º.- Autorícese al cambio de titularidad del espacio identificado como Bóveda 40 -122-Cuadro E- Parte Vieja, identificado con la Cuenta N° 4000000122-0, a favor PIZARRO Marcela Albertina, DNI 17.567.479, con domicilio en calle Avenida Lastra N° 367 de Chascomús, sin domicilio fiscal electrónico registrado, debiendo cumplimentarse con el procedimiento correspondiente que será indicado por la Dirección del Cementerio.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos y peticionante en el domicilio denunciado.-

ARTÍCULO 3°.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y archívese.-