Boletines/Chascomús
Decreto Nº 659/24
Chascomús, 31/07/2024
AMPLIACION PLAZO DE OBRA CONSTRUCCION 16 VIVIENDAS
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-157187/I Alcance 32 caratulado “Ampliación de Plazo Obra Construcción 16 viviendas”; y
Considerando
Que a través del expediente principal se tramitó la ejecución de la obra “Construcción 16 viviendas”.
Que la misma fue adjudicada a PLAYA CONSTRUCCIONES SRL mediante adjudicación directa de la obra, de conformidad con lo dispuesto por el art. 132 inc. f) de la LOM y el Decreto 893/22, suscribiéndose contrato el día 16.10.22.
Que la contratista solicitó la ampliación del plazo de obra por lluvias acaecidas en los meses de febrero, marzo y abril, retrasándose los trabajos.
Que la inspección de la obra ha aceptado la extensión de plazo por lluvias y sus consecuencias, fijando el nuevo plazo de finalización de la obra el 20 de Septiembre de 2024.
Que, en virtud de lo expuesto, la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que es procedente autorizar una ampliación del plazo de obra por lo que corresponde dictar el acto administrativo que así lo decida y que, de acuerdo a lo indicado en las actuaciones administrativas debería finalizar el 20/09/24.
Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Autorícese la ampliación del plazo de finalización de la obra “Construcción 16 viviendas”, tramitada mediante Expediente Administrativo N° 4030-157187/I alcance 32 de acuerdo a lo indicado en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Establézcase que la fecha de finalización de la obra referida en el artículo anterior es el día 20 de Septiembre de 2024.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Ambiente, al Instituto de la Vivienda y a Playa Construcciones SRL en el domicilio constituido sito en calle Arenales N° 25 de Chascomús.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Obras, Servicios Públicos y Ambiente (Jorge Marino).-
ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-