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Decreto Nº648/24

Decreto Nº 648/24

Chascomús, 26/07/2024

DECLARAR INTERES ACADÉMICO, CARRERA POSGRADO ESPECIALIZACION Y CONTROL PÚBLICO

Visto

El Expediente Administrativo N° 4030-164746/M caratulado “Especialización en administración financiera y control del sector público FCE – UNLP”; y

Considerando

Que el calendario académico 2024-2025 ha establecido el dictado de la Carrera de Posgrado “Especialización en Administración Financiera y Control del Sector Público” en la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de la Plata.

Que dicha carrera está destinada a profesionales, consultores y especialistas con experiencia en el campo de la Administración Financiera del Sector Público en sus distintos niveles de gobierno, y consultores del sector privado que quieran conocer los conceptos y procesos de programación financiera de la Administración Pública en general.

Que entre los objetivos de esta Especialización se enuncian:

  • Promover la formación de recursos humanos capacitados para actuar en el Área del Sector Público, capacitándolos a efecto de lograr la eficiencia en la Gestión Pública, y que puedan desarrollar con la aptitud necesaria los constantes desafíos del mismo.
  • Garantizar el mejor funcionamiento del Sector Público, mediante la mejora continua de los profesionales formados en administración financiera del Estado.
  • Establecer contactos con las diversas disciplinas que intervienen en el Sector Público a efecto de producir el debate y análisis reflexivo sobre sus características y estado actual, y difundir las herramientas que posibiliten actuar con eficiencia, eficacia y economicidad, con el fin de que la sociedad pueda conocer con mayor claridad el resultado de los productos suministrados por el Sector Público.

Que la citada Especialización se desarrollará en un esquema de tres etapas, un primer ciclo introductorio y de aspectos básicos de la Administración Financiera, Finanzas Públicas y nociones de Derecho Administrativo y la segunda etapa que comprende los aspectos específicos de la Administración Financiera para los distintos niveles de gobierno y del Control tanto del Sector Público en general como de manera específica el Sistema de Control de la Provincia de Buenos Aires.

Que, finalmente para complementar en una tercer y última etapa con el aporte de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación para la Administración Pública y un Seminario para la elaboración del proyecto de investigación y el trabajo integrador final.

Que esta capacitación está especialmente diseñada para el perfeccionamiento profesional en el área municipal, toda vez que permite profundizar, desde una perspectiva sistémica, los componentes del Macrosistema de Administración Financiera, ampliando la formación profesional y la capacidad para liderar procesos de conducción, enfocados en la medida de las necesidades y requerimientos del ámbito local.

Que resulta de interés profesional y académico para la Municipalidad de Chascomús el contenido de esta carrera de posgrado, toda vez que otorga la posibilidad de capacitación y formación a los profesionales que forman parte de la planta municipal, atendiendo que la misma está orientada principalmente a los profesionales en Ciencias Económicas que tienen vinculación directa con le ejecución del proceso de la Administración Financiera en este nivel de gobierno.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Académico y Profesional de la Intendencia Municipal de Chascomús la carrera de Posgrado “Especialización en Administración Financiera y Control del Sector Público” a dictarse en la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de la Plata.-

ARTICULO 2°.- Autorícese la inscripción de aquellos profesionales que manifiesten su intención de cursar esta Especialización, para lo cual deberán formalizar esta iniciativa mediante comunicación a la Secretaría de Hacienda, con remisión de copias de su DNI y Título Habilitante, como así también constancia de Matrícula vigente en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTÍCULO 3º.- Los gastos que originen el cumplimiento del presente impútense a la Jurisdicción 1110111000, Categoría Programática 01.02.00.-

ARTICULO 4°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de RR.HH., Contaduría, Tesorería, Consejo Profesional de Ciencias Económicas Delegación Chascomús.-

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTÍCULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-