Boletines/Chascomús
Decreto Nº 631/24
Chascomús, 19/07/2024
AMPLIACION PLAZO DE OBRA REMODELACION LA CASITA
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-162339/M Alcance 10 caratulado “Ampliación de Plazo Obra Remodelación y Ampliación La Casita”; y
Considerando
Que a través del expediente principal se tramitó la ejecución de la obra “Remodelación y Ampliación La Casita”.
Que la misma fue adjudicada a Arnaldo Roque BELLINGERI, mediante la Licitación Pública Nº10/2023, suscribiéndose contrato el día 30/10/23.
Que la contratista solicitó la ampliación del plazo de obra basándose en la imposibilidad de acceder a la compra de materiales toda vez que los corralones suspendieron las ventas con motivo de la incertidumbre que se generó a raíz del cambio de Gobierno, situación que perduró más de 60 días.
Que además de ese inconveniente, las lluvias registradas en la segunda quincena de febrero retrasaron los días de trabajo.
Que la inspección de la obra ha aceptado la extensión de plazo de 152 días corridos, venciendo el nuevo plazo el 16/08/24.
Que la Dirección de Seguimiento de Intervenciones Complementarias del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad tomó conocimiento de la ampliación de plazo solicitada.
Que, en virtud de lo expuesto la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que es procedente autorizar una ampliación del plazo de obra por lo que corresponde dictar el acto administrativo que así lo decida y que, de acuerdo a lo indicado en las actuaciones administrativas debería finalizar el 16/08/24.
Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Autorícese la ampliación del plazo de finalización de la obra “Remodelación y Ampliación La Casita”, tramitada mediante Expediente Administrativo 4030-162339/M Alcance 10 de acuerdo a lo indicado en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Establézcase que la fecha de finalización de la obra referida en el artículo anterior es el día 16 de Agosto de 2024.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Ambiente y a Arnaldo Roque BELLINGERI en el domicilio constituido sito en calle Alvear N° 928 de Chascomús.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Obras, Servicios Públicos y Ambiente (Jorge Marino).-
ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-