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Ordenanza Nº5821/24

Ordenanza Nº 5821/24

Chascomús, 11/07/2024

VISTO:

La realización del evento Turístico, Cultural, Recreativo y Productivo “Vacaciones de Invierno”, que se realizará los días 20, 21, 27 y 28 de julio del corriente año; y

CONSIDERANDO:

Que el evento representa un atractivo social, cultural y recreativo de la comunidad, constituyendo también un atractivo turístico.

Que el evento promueve el desarrollo de la economía local.

Que el mismo se realizará en el predio del Paseo de Artesanos y Emprendedores, y que debido a la cantidad de participantes y actividades previstas, será necesario conectar dos boulevares, siendo ellos los delimitados por el perímetro de Av. Pte. Perón mano este, calle Ecuador (al este), calle Dolores (al oeste), Av. Pte. Perón mano oeste y Av. Costanera España.

Que resulta necesario organizar el tránsito vehicular los días 20, 21, 27 y 28 de julio, desde las 09:00 hs. hasta las 20:00 hs. de cada día, con el corte de circulación de la calle que une dichos boulevares.

Que se hace necesario realizar los actos administrativos correspondientes a fin de cumplimentar con la Ordenanza N° 3473.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente

 

ORDENANZA

ARTICULO 1º.-  Autorícese el corte de la calle ubicada entre los boulevares de la Av. Perón, en las intersecciones de las calles Córdoba y Venezuela, los días 20, 21, 27 y 28 de julio del corriente año, desde las 09:00 hs. hasta las 20:00 hs. de cada día, con motivo de llevarse a cabo el evento mencionado en los considerandos, según lo detallado en el Anexo que forma parte de la presente.-

ARTICULO 2°.- Establézcase el corte de tránsito vehicular correspondiente, con la asistencia de Seguridad Urbana y Policía de la Provincia de Buenos Aires, en el horario, días y calles descriptos en el artículo precedente.-

ARTICULO 3°.- De forma.-