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Decreto Nº608/24

Decreto Nº 608/24

Chascomús, 15/07/2024

LICENCIA

Visto

El Expediente Administrativo EX-2024-00001809- -CHASCOMUS-DCH#SRHDP caratulado “Solicitud de licencia agente GONZALEZ Cristian Matías”; el Decreto 90/24; y

Considerando

Que por medio del Decreto 90/24 se le concedió licencia especial sin goce de haberes al agente GONZALEZ Cristian Matías por un plazo de seis meses, finalizando el 01/07/24.

Que fundó la solicitud en la oferta de un nuevo empleo.

Que la Ley 14.656, establece en el art. 96 que: “Por causas no previstas en esta ley y que obedezcan a motivos de real necesidad debidamente documentados, podrán ser concedidas licencias especiales con o sin goce de haberes...”.

Así, el citado artículo mantiene en idénticos términos la licencia prevista por el art. 46 de la Ley 11.757, respecto del cual la Asesoría General de Gobierno en Dictamen Nº 83359-4 ha sostenido que la amplitud de los términos del art. 46 Ley 11.757 deja al DE un amplio margen de discrecionalidad en cuanto al otorgamiento de la licencia, su duración o extensión y si el agente percibirá durante la misma sus haberes, pues el precepto nada dice.

Que se presenta nuevamente González solicitando la extensión de su licencia por cuatro meses, justificándola en la existencia de un nuevo empleo.

Que el Secretario Obras, Servicios Públicos y Ambiente ha autorizado la extensión de la licencia en los términos del artículo 96 de la Ley 14.656 desde el día 02/07/2024 hasta el 02/11/2024.

Que la Dirección de Asuntos Legales dictamino que podrá concederse la extensión licencia especial sin goce de haberes en los términos del artículo 96 de la Ley Nº14.656, peticionada por el agente, desde el 02/07/24, finalizando la misma el 02/11/24.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Autorícese licencia al agente GONZALEZ Cristian Matías, Legajo Nº 8.679, DNI 30.490.512 de conformidad con lo prescripto por el art. 96 de la ley 14.656, desde el 02/07/2024 hasta el 02/11/2024 inclusive, quien desempeña sus tareas en la Secretaria de Obras, Servicios Públicos y Ambiente.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección Administrativa de RR.HH., Dirección de Liquidaciones, Secretaria de Obras, Servicios Públicos y Ambiente y agente.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Secretario de Recursos Humanos (José Yezza Ross).-

ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-