Boletines/Chascomús

Decreto Nº597/24

Decreto Nº 597/24

Chascomús, 11/07/2024

INCREMENTO SALARIAL JULIO/SEPTIEMBRE

Visto

El Decreto N° 304/2024 y la Ordenanza N° 5445/2019; y

Considerando

Que, en los acuerdos salariales alcanzados en el presente año, entre el Ejecutivo Municipal y los representantes sindicales, se estableció el mecanismo de convocar a una nueva reunión de la mesa salarial, a los efectos de tratar la actualización del salario de los trabajadores municipales.

Que dicha metodología de trabajo encuentra precedentes de compromisos conjuntos –Gobierno y Sindicatos- desde hace varios años en el ámbito local.

Que las finanzas del Municipio continúan siendo afectadas por la retracción de la economía que impacta sobre los ingresos y el aumento considerable de precios de insumos y servicios necesarios para llevar adelante la operatoria habitual.

Que, a su vez, debido a la evolución de la inflación, es necesario realizar una actualización del salario para la totalidad de la planta municipal afectada a la Ley 14656.

Que se mantuvieron dos reuniones de mesa salarial, los días 4 de julio y 10 de julio del corriente, luego de las cuales el Ejecutivo arribó a una propuesta de mejora, en función de la evolución de la inflación y de las posibilidades financieras actuales del Municipio. 

Que los representantes gremiales y el Departamento Ejecutivo acordaron un incremento salarial de los trabajadores en la totalidad de las categorías y en cada agrupamiento del escalafón Municipal, el que resulta de la siguiente manera: 15 % a partir de julio de 2024 (calculado sobre la base de junio 2024) y 15 % a partir de septiembre de 2024 (calculado sobre la base de agosto de 2024).

Que lo acordado arroja un aumento acumulado para el año 2024 del 152,25 %, sobre el salario de diciembre del año 2023.

Que los aumentos de remuneraciones son para el personal de Planta Temporaria y Permanente comprendidos en la Ley Provincial N° 14656, que regula las relaciones de Empleo Público de los trabajadores de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, respetando la proporcionalidad horaria.

Que el estado económico financiero actual permite realizar dicha actualización salarial a partir del 01/07/2024.

Que, por lo expuesto, se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Abónese un Incremento Salarial Remunerativo, de los sueldos básicos y bonificaciones remunerativas; en todas las categorías y en cada agrupamiento del Escalafón Municipal correspondientes al personal de Planta Temporaria y Permanente comprendidos en la Ley Provincial N° 14656, respetando la proporcionalidad horaria, del 15 % a partir del 1° de julio de 2024 calculado sobre la base de junio 2024 y del 15 % a partir del 1° de septiembre de  2024  calculado sobre la base de agosto de 2024.-

ARTICULO 2°.- La Escala Salarial quedará conformada de acuerdo al Anexo que forma parte del presente.-

ARTICULO 3°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Contaduría, Dirección de Liquidaciones, Dirección Administrativa de RR.HH., Dirección Administrativa del Hospital San Vicente de Paul, Gremios Municipales, I.P.S., Oficina de Jubilaciones y Dirección de Comunicación.-

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal  y archívese.-

 

Anexos

ANEXO

ESCALA SALARIAL

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