Boletines/Chascomús

Ordenanza Nº5816/24

Ordenanza Nº 5816/24

Chascomús, 27/06/2024

VISTO:

El Expediente Administrativo N° 4030-104197/R caratulado: “S/Terreno afectado por la Ord. 3718/07 (Ampliación Cementerio local)”; y

CONSIDERANDO:

Que, a través del Decreto N° 485/2023, se procedió a la escrituración del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Chacra 126, Manzana 11, Parcela 21, Partida Inmobiliaria N°16951, inscripto en la Matrícula N° 6225, pasada por ante Escritura N° 12720 de fecha 29/08/2023, cuya compraventa se efectúa a los fines de ampliar el Cementerio Municipal afectado por la Ordenanza Municipal N° 3718/07, quedando como titular registral del mismo la Municipalidad de Chascomús.

Que la escrituración del inmueble de marras, se perfeccionó a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

Que, originariamente, la adquisición del lote tenía como finalidad la ampliación del Cementerio Municipal.

Que, conjuntamente a este procedimiento, mediante nota ingresada bajo Expediente Administrativo N° 4030 -158929/F, la señora FERNANDEZ Aylén Agustina, DNI 40.929.259, solicita que el Municipio resuelva la ocupación de un terreno de su propiedad, ocupado por el Cementerio Municipal

Que se acuerda con la propietaria, la permuta del lote identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Chacra 126, Manzana 11, Parcela 21, Partida Inmobiliaria N°16951, por un lote de su propiedad, identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Chacra 126, Manzana 4, Parcela 5, Partida Inmobiliaria N°14789, ambos ubicados en el Partido de Chascomús (027).

Que ambos lotes son de dimensiones y valuaciones fiscales similares.

Que la permuta realizada permite dar cumplimiento con la Ordenanza Municipal N° 3718/07 y resolver la demanda presentada por FERNANDEZ Aylén Agustina.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente

ORDENANZA

ARTICULO 1º.-  Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a dar en permuta a FERNANDEZ Aylen Agustina, CUIT N° 27-40929259-9, el inmueble municipal denominado catastralmente como: Circunscripción II, Sección E, Chacra 126, Manzana 11, Parcela 21, Partida N°16951, percibiendo a cambio el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Chacra 126, Manzana 4, Parcela 5, Partida N° 14789, ambos ubicados en el partido de Chascomús (027), solicitándose la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento del acto notarial correspondiente.-

ARTICULO 2°.- El inmueble recibido de la permuta tendrá como finalidad la ampliación del Cementerio Municipal.-

ARTICULO 3°.- De forma.-